La Junta modifica las condiciones para mantener la Educación Secundaria en el ámbito rural

Baja el mínimo de alumnos necesarios aunque pide el compromiso de las familias para seguir impartiendo esta enseñanza hasta el curso 2020-2021.

La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León ha hecho pública este pasado jueves, a través de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, la modificación de la orden vigente desde el año 2012 por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Así, aquellos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria que en el curso escolar 2016-2017 están impartiendo primero y segundo de educación secundaria obligatoria, podrán seguir impartiendo las mencionadas enseñanzas hasta el curso 2020-2021 siempre que cuenten con un mínimo 8 alumnos, frente a los 10 de la normativa que regía hasta ahora, tanto en primero como en segundo curso de Secundaria.

La gran novedad de esta modificación la representa el segundo de los condicionantes para mantener estos estudios. Desde la Junta se exige que las familias del alumnado, “con carácter previo a su escolarización en los colegios para cursar primero y segundo curso de educación secundaria obligatoria, opten expresamente por ello en vez de acudir al instituto de enseñanza secundaria”.

Educación advierte, eso sí, que no computarán para alcanzar el mínimo de alumnado requerido aquellos alumnos que necesiten utilizar transporte para acudir al colegio, si cuentan con un instituto de educación secundaria a una distancia menor desde su localidad de residencia.

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