Hacienda excluye de la obligación de declarar por Sociedades a las entidades que ingresan menos de 50.000 euros

 ¿Qué conviene más, un depósito a corto, medio o a largo plazo?
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El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, recibía en las últimas horas al presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y alcalde de Santander, Iñigo de la Serna. En el transcurso de la reunión, el ministro informaba al presidente de la FEMP de la próxima aprobación de una disposición normativa para excluir de la obligación de presentar declaración en el Impuesto sobre Sociedades a colectivos de menor entidad.

Ello beneficiará a múltiples colectivos, entre ellos, asociaciones de vecinos y otros entes de carácter municipal, que cuentan con recursos personales y materiales limitados para atender las exigencias formales tributarias. Concretamente, la disposición que se aprobará en breve en Consejo de Ministros establecerá la exclusión de la obligación de presentar declaración en el Impuesto sobre Sociedades a aquellas entidades, cuyos ingresos totales del período impositivo no superen los 50.000 euros anuales, siempre que el importe total de los ingresos correspondientes a rentas no exentas no supere 2.000 euros anuales y que todas sus rentas no exentas estén sometidas a retención.

Esta modificación entrará en vigor para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015. El objetivo es aliviar del cumplimiento de obligaciones formales a las entidades de menor entidad. La reforma del Impuesto de Sociedades, que entró en vigor en enero, ha establecido como novedad la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades a todo tipo de asociaciones, sin ningún tipo de límites.

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