De este modo, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el año 2014 serán las siguientes:

- 1 de enero, Año Nuevo.

- 6 de enero, Epifanía del Señor.

- 2 de abril, Jueves Santo.

- 3 de abril, Viernes Santo.

- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.

- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

- 1 de noviembre, Todos los Santos. que se traslada al lunes 2 de noviembre.

- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española., que se traslada al lunes 7 de diciembre

- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

- 25 de diciembre, Natividad del Señor.

A estas fechas se añadirán dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio y autoridad laboral competente a propuesta del pleno del Ayuntamiento.

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