Convocadas las ayudas para la compra de libros de texto del próximo curso

 Abierta la convocatoria para el programa 'Releo Plus' de gratuidad de libros de texto
Abierta la convocatoria para el programa 'Releo Plus' de gratuidad de libros de texto

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este jueves la Orden de la Consejería de Educación por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto de Primaria y Secundaria para el curso 2016/2017. La Junta de Castilla y León prevé resolver la convocatoria en el mes de junio, de modo que los padres sabrán con antelación si cuentan o no con este apoyo. Posteriormente, en septiembre, se aportará la factura justificativa del material adquirido antes de proceder al abono de la ayuda.

Para poder recibir esta ayuda la renta de la unidad familiar no superará 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en vigor en 2016, es decir, 11.182,71 euros, salvo en los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

En el caso de los alumnos pertenecientes a una familia numerosa, o que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33% o que hayan sido reconocidos como víctimas de violencia de género o como víctimas de actos de terrorismo, la renta familiar así calculada se dividirá por un coeficiente de 1,2, al objeto de favorecer la concesión de las ayudas.

En concreto, se podrán conceder 240 euros para financiar la adquisición de libros de texto de Educación Primaria y 310 euros para Educación Secundaria Obligatoria. La solicitud, una por cada alumno desde el 1 hasta el 15 de abril, se cumplimentarán a través de la aplicación informática disponible. Excepcionalmente el modelo podrá solicitarse en la secretaría del centro docente. Los solicitantes de ayudas en el curso 2015/16 obtendrán el formulario de solicitud cumplimentado con los datos del curso anterior, debiendo realizar, en su caso, las actualizaciones oportunas.

¿Para qué es la ayuda?

Se consideran libros de texto los materiales impresos o en formato digital, de carácter duradero, que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar correspondiente. Se consideran, no obstante, como tales, los libros correspondientes al primer y segundo curso de educación primaria, aun cuando no sean materiales reutilizables en cursos sucesivos.

No se consideran incluidos en la presente orden aquellos materiales asociados a los libros de texto que, por su propia naturaleza, no puedan ser reutilizados por el alumnado en cursos sucesivos, así como aquellos otros materiales que sirvan de complemento o apoyo en cada curso escolar, como pueden ser los libros de lectura, atlas o diccionarios, entre otros.

Además, los beneficiarios de la ayudas se comprometen a entregar los libros subvencionados, en buen estado, en el centro donde estuvieran matriculados en el curso escolar 2016/2017, una vez finalizado el curso o en el supuesto de abandono escolar en el momento en que este se produzca, con objeto de que pasen a formar parte del banco de libros del centro, a excepción de los libros de texto correspondientes a los cursos de primero y segundo de educación primaria que no sean reutilizables.

Documentos necesarios

La solicitud contendrá el compromiso de entregar los libros subvencionados, en buen estado, en el centro donde el alumno estuviera matriculado en el curso escolar 2016/2017. 

Se calificará de solicitante al padre o madre, o en su caso tutor legal, firmante de la solicitud que aparezca en primer lugar en el apartado de datos. Los datos del solicitante serán coincidentes con los de aquél a cuyo nombre se expiden las facturas, y con el titular de la cuenta bancaria de cobro.

La solicitud deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad y salvo que se autorice en la solicitud la obtención de los datos, la solicitud irá acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

a) Fotocopia del D.N.I. o equivalente en caso de extranjeros residentes en territorio español, del solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar.

b) Copia de los certificados de renta de todos los miembros de la unidad familiar correspondientes al ejercicio fiscal de 2014, expedidos por la AEAT.

Documentación a presentar (SOLO Fam. Numerosas, con Discapacidad, Víctimas Terrorismo o Violencia Género) (165 kbytes)Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar (SOLO Fam. Numerosas, con Discapacidad, Víctimas Terrorismo o Violencia Género). Abre una nueva ventana

Lugar y forma de presentación

Presencial

- Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentra matriculado en el año académico 2015/2016.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).

Electrónica

- Por Internet.
- Se excluye presentación por TELEFAX.

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