Castilla y León autoriza la caza “sin límite” de jabalí hasta 2027 para prevenir la Peste Porcina

La medida estará vigente hasta febrero del 2027 pero puede variar según la evolución de la enfermedad en el territorio nacional

ICAL
12 dic 2025 - 09:31
Jabalí. Archivo.
Jabalí. Archivo.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio publicó hoy la orden que permitirá cazar “sin límite” al jabalí para prevenir la preste porcina, con una declaración que estará vigente hasta el 28 de febrero de 2027, si bien podrá reducirse o ampliarse el plazo, previa constatación de que las circunstancias que la motivaron han desaparecido o persisten, según la propia orden, manifestada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), y que declara la emergencia cinegética en la Comunidad por jabalí (Sus scrofa) y sus hibridaciones.

En los planes cinegéticos no se establece cupo de jabalíes. Si lo hubiera, quedará sin efecto en tanto dure esta situación de emergencia cinegética. Se permiten las modalidades de montería y gancho sobre el jabalí durante el periodo comprendido entre el cuarto domingo de septiembre y el cuarto domingo de febrero siguiente. No se establecen limitaciones en cuanto al número de monterías o ganchos a celebrar, ni superficie mínima exigible para el desarrollo de estas y se permite la repetición, sin limitación de número, de monterías y ganchos en las mismas manchas.

Las modalidades de al salto o en mano sobre el jabalí quedan permitidas todos los días de la semana del periodo comprendido entre el cuarto domingo de septiembre y el cuarto domingo de febrero siguiente. También la modalidad de rececho, todos los días de la semana del periodo comprendido entre el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el 1 de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero.

En cuanto a la modalidad de aguardo o espera queda permitida todos los días de la semana del periodo comprendido entre el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el 1 de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero, en cualquier horario. En estas modalidades se permite el empleo de fuentes luminosas artificiales, espejos o dispositivos para iluminar los blancos o dispositivos de visor que incluyan un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electrónico para tiro nocturno, incluidos los visores térmicos, ya sean monoculares, binoculares, montados o no en el arma.

El cazador podrá hacer uso, asimismo, de fuentes luminosas artificiales emisoras de radiación en el espectro visible tanto en el momento del lance o disparo como en el trayecto de entrada o salida del puesto de aguardo o espera. Para el uso de los dispositivos auxiliares el cazador deberá llevar consigo la autorización expresa firmada por el titular cinegético, la cual no constituye autorización general para su empleo en otras especies ni en otras modalidades de caza.

En todas las acciones de caza sostenible de jabalí, se permite la captura de otros suidos silvestres o asilvestrados y sus hibridaciones. Por último, se permite el uso de capturaderos, entendiendo como tales cajas-trampa, redes de base, redes de caída o medios similares que hayan sido homologados por otras comunidades autónomas o estados miembros. Se permite el empleo de las modalidades, dispositivos y aporte de alimentos contenidos en esta orden y con las mismas condiciones.

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