La CHD exime del pago del canon y la tarifa de agua de 2017 a regantes de los sistemas Carrión y Pisuerga-Bajo Duero

Según contempla el Real Decreto Ley 10/2017, de medidas para paliar los efectos de la sequía, los usuarios de estos sistemas podrán beneficiarse de la exoneración al haber dispuesto de una dotación de agua por hectárea inferior al 50 por ciento de la normal.

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Zona de riego adscrita a la CHD
Zona de riego adscrita a la CHD

La Confederación Hidrográfica del Duero, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), ha resuelto eximir del pago del canon de regulación y de la tarifa de utilización de agua de la campaña 2017 a los regantes de los sistemas Carrión y Pisuerga-Bajo Duero, al haber tenido una dotación inferior al 50 por ciento de la normal.

Tal como establece el Real Decreto Ley 10/2017, de 9 de junio, de medidas de apoyo a los titulares de explotaciones agrarias situadas en las demarcaciones afectadas por la sequía –Duero, Júcar y Segura-, tanto los usuarios de los canales del Estado como los titulares de caudales para riego de estos sistemas podrán beneficiarse de esta exención en la campaña 2017 si la dotación de agua por hectárea se halla por debajo del 50 por ciento de un año normal, como consecuencia de la sequía.

En concreto, los regantes del Carrión han tenido una asignación de agua por hectárea de 2.000 metros cúbicos por hectárea, lo que supone el 27 por ciento de lo habitual; los del Pisuerga, han tenido asignados 3.000 metros cúbicos de agua por hectárea, el 48 por ciento, mientras que los del sistema Bajo Duero, han podido utilizar el 41% del volumen de agua de un año normal, con una asignación de 3.000 metros cúbicos de agua por hectárea.

Zonas de Palencia, Burgos, Valladolid y Zamora

La medida beneficiará a los cerca de 16.000 regantes de estas tres zonas de las provincias de Palencia, Burgos, Valladolid, Zamora y Burgos, con una superficie cercana a las 100.000 hectáreas, salvo en los casos en los que hayan seguido el régimen de turnos. En otros territorios de la cuenca donde la campaña de riego se ha desarrollado con asignaciones de agua inferiores a las habituales, entre las que se encuentran Órbigo-Tuerto, Porma y Esla, que fueron aprobadas por sus juntas de explotación, no resulta posible aplicar esta medida del Real Decreto Ley porque la dotación de agua por hectárea ha sobrepasado el 50 por ciento del promedio.

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