Campo

​COAG rechaza frontalmente la convergencia de los derechos de pago básico establecida en el Real Decreto sobre la PAC

Resaltan que los derechos deben permanecer asignados a los hombres y mujeres del campo que trabajan como titulares activos del sector agrario y viven de esta actividad

Tractor campo agrario EP

Ante la publicación en el BOE del Real Decreto 41/2021 parala aplicación de la PAC en España durante las campañas 2021 y 2022, laCoordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) ha reiterado suposición contraria a la aplicación de una convergencia obligatoria de los derechosde pago básico en las campañas 2021 y 2022. Esta organización es partidaria deesperar a poner en marcha esta convergencia al año 2023, coincidiendo con laaplicación de la Reforma de la PAC a través del Plan Estratégico Nacional.

COAG siempre ha apostado por una convergencia progresiva enel marco del nuevo Plan Estratégico Nacional de la reforma PAC en España,manteniendo los derechos individuales de una forma equilibrada dentro de cadaregión agronómica y a lo largo de todo el período PAC (hasta 2027). Tal comoestablece el Reglamento de Planes Estratégicos (provisional), esta convergenciadebe situarse al menos en el 75% del valor medio de los derechos de cadaregión. El objetivo debe ser evitar desajustes y distorsiones entre agricultores,sectores y regiones.

COAG ha trasladado este posicionamiento al Ministerio deAgricultura de forma reiterada: a través de las observaciones al Proyecto deReal Decreto enviadas el pasado mes de septiembre, durante las dos últimas reunionesdel Comité Asesor Agrario y en las propuestas de Plan Estratégico de la PAC.Lamentablemente no han sido tenidas en cuenta.

Además de desechar estas observaciones, el MAPA ha privadoal sector de la información que permita medir el impacto de estas decisiones enlas explotaciones agrarias. “Una cosa es señalar las diferencias existentesentre la cuantía unitaria de los derechos dentro de una región y, otra,considerar el impacto que estas decisiones tienen sobre la renta deexplotaciones profesionales con pequeña base territorial. Pérdida de renta quees muy significativa en ciertas explotaciones ganaderas y de regadío. En ningúncaso, el citado Real Decreto responde a criterios redistributivos de caráctersocial. Ajusta el valor de los derechos pero no el montante de ayudas”.

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