Las Cortes blindan la exclusividad: adiós a los “dobles sueldos” y a los contratos públicos

El nuevo régimen de incompatibilidades impedirá a los procuradores con sueldo fijo ejercer otras actividades retribuidas y contempla la retirada de la remuneración si se incumple la norma.

Reunión de la Junta de Portavoces
Reunión de la Junta de Portavoces | Miriam Chacón

La Cámara autonómica aprueba un nuevo régimen de incompatibilidades que impedirá a los procuradores con sueldo fijo ejercer otras actividades retribuidas. El incumplimiento podrá acarrear la pérdida de la remuneración exclusiva.

Las Cortes de Castilla y León han aprobado un nuevo régimen de incompatibilidades para los procuradores con dedicación exclusiva, es decir, aquellos que perciben una remuneración fija del Parlamento distinta a las dietas por asistencia. La medida, que se aplicará a partir de la próxima legislatura, prohíbe el asesoramiento, la defensa o la dirección de asuntos ante organismos públicos, así como ser contratista de la Administración o desempeñar cargos en entidades de crédito y aseguradoras.

El acuerdo, adoptado por la Mesa de las Cortes en su última reunión, completa un desarrollo normativo pendiente desde 1983 y se apoya en los artículos 8 y 31.1 del Reglamento de la Cámara. El objetivo es garantizar la transparencia y la dedicación exclusiva de los parlamentarios, siguiendo el modelo de las Cortes Generales para diputados y senadores.

Según el texto aprobado, será incompatible con la dedicación exclusiva cualquier empleo público retribuido, la percepción de pensiones de derechos pasivos o la participación en empresas con contratos de obras o servicios con la Administración. También se veta ocupar cargos de responsabilidad en sociedades vinculadas a monopolios o adquirir más del 10 por ciento de participación en compañías con contratos públicos después de acceder al escaño.

Además, las Cortes prohíben que los procuradores con dedicación exclusiva formen parte de consejos de administración o desempeñen funciones directivas en bancos y aseguradoras, así como prestarles servicios. En caso de incumplimiento, la institución podrá retirar la dedicación exclusiva y la retribución asociada.

El nuevo marco normativo también regula qué actividades serán compatibles. Los procuradores podrán gestionar su patrimonio personal o familiar, participar en tribunales o comisiones calificadoras, realizar actividades docentes a tiempo parcial o colaborar de forma ocasional en foros, actividades artísticas o científicas. No obstante, deberán solicitar autorización previa de la Cámara para cualquier actividad no contemplada expresamente.

Fuera de las incompatibilidades quedan los cargos internos en partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales u órdenes religiosas o deportivas, siempre que no se perciban ingresos por ello. También se permitirá ser alcalde o concejal de municipios de menos de 20.000 habitantes, así como diputado provincial o senador, siempre que no se perciba doble remuneración.

Hasta ahora, el Reglamento de las Cortes solo contemplaba la dedicación exclusiva del presidente, aunque en cada legislatura se aprueban liberaciones adicionales. En la actual, hay 19 procuradores con dedicación exclusiva —siete del PP, seis del PSOE, tres de Vox, dos de UPL-Soria ¡Ya! y uno del Grupo Mixto— además de los seis miembros de la Mesa.

Este nuevo régimen se aprueba tras varios intentos de clarificación impulsados en los últimos años. El Grupo Socialista había reclamado en distintas ocasiones una regulación más clara sobre la compatibilidad de los procuradores, tras conocerse casos como el del exportavoz del PP, Raúl de la Hoz, quien compatibilizó su salario de las Cortes con ingresos de 40.000 euros como abogado antes de incorporarse al Parlamento Europeo.

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