Castilla y León

La Junta de Castilla y León defiende la ley de caza autonómica ante el Tribunal Constitucional

La Consejería de la Presidencia, a través de la Dirección de los Servicios Jurídicos, ha presentado las alegaciones en defensa de la constitucionalidad de la última modificación efectuada en marzo de este año en la Ley de Caza de la Comunidad de Castilla y León. El recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la Ley de Caza autonómica ha sido presentado por el Defensor del Pueblo, y con su planteamiento se pone en riesgo en un futuro próximo la práctica de esta actividad.

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La Dirección de los ServiciosJurídicos de la Junta de Castilla y León se ha personado ante el AltoTribunal y ha formulado las alegaciones oportunas en defensa de laconstitucionalidad de la última modificación de la Ley de Caza, partiendo delhecho innegable de que es muy importante conservar la fauna silvestre, perotambién es necesario compatibilizarla con la preservación de otros interesesgenerales que garantiza la práctica de la caza, una caza siempre desarrolladade forma legal, responsable y segura.

El director de los Servicios Jurídicos, Luis MiguelGonzález Gago, recuerda que la caza es determinante para la conservación delpatrimonio natural, y no sólo favorece la protección de los ecosistemas,garantizando el equilibrio entre depredadores y presas, sino que evita importantesdaños a la fauna protegida, a la seguridad vial, a las economías de lostitulares cinegéticos, al empleo, a la agricultura, a la sanidad animal ysector ganadero, o a la salud de las personas.

Desde el punto de vista ecológico, la caza ayuda aregular la abundancia de ejemplares de determinadas especies que seríaperjudicial para otras especies protegidas. Es conveniente remarcar que, casode no desarrollarse actividad cinegética alguna, se producirá el incrementoconstante, expansivo y colonizador de especies como el ciervo, el corzo, eljabalí, el zorro o el conejo, que suponen un serio hándicap de supervivenciapara especies protegidas como el urogallo, el oso pardo o el lince.

Desde el punto de vista humano, para comprender laimportancia de la caza en Castilla y León basta con recordar que este deportees practicado por más de 125.000 cazadores, y que lo realizan sobre unos 5.500cotos privados de caza.

La última modificación de la Ley de Caza se efectuóen marzo de este año 2019, que es la ahora recurrida ante el TribunalConstitucional, mediante una proposición de ley presentada en las Cortes deCastilla y León, y con ella se incluyó en el propio texto legal un anexo conlas especies cinegéticas.

Debates que plantea el recurso

Frente a las objeciones del Defensor del Pueblo, eldirector de los Servicios Jurídicos Luis Miguel González Gago, como expone enlas alegaciones presentadas, considera que la modificación legal efectuada enCastilla y León en absoluto contraviene la legislación básica, establecida enla Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad de 2007, que es competenciaexclusiva del Estado, sino que precisamente la da cumplimiento y lacomplementa, hasta tal punto que el propio Estado, que debería ser la principalAdministración defensora del respeto a sus competencias, no ha encontrado enella vicio de inconstitucionalidad y, por ello, no ha interpuesto recursoalguno.

A juicio de los Servicios Jurídicos de Castilla yLeón, la Ley tampoco puede calificarse como una ley singular que se agote consu aplicación puntual y concreta, como menciona el Defensor del Pueblo, ya quela norma exige una importante actividad administrativa desplegable de formageneral, continuada y permanente, y totalmente controlable por los juzgados ytribunales si no se ejerce adecuadamente, de tal forma que siguen siendonecesarias las pertinentes autorizaciones, entre otras, respecto a losterrenos, para declararlos como cinegéticos o para aprobar el obligatorio plancinegético concreto, y respecto a los cazadores, la obtención de la licencia decaza para su práctica, previa superación de las correspondientes pruebas deaptitud.

Por último, la relación de especies cinegéticas,antes de aprobarse esta modificación de la Ley de Caza, se pormenorizaba concarácter reglamentario en un Decreto de 2015 sobre conservación de especiescinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control dela fauna silvestre, que fue parcialmente anulado en 2017 por la Sala de loContencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leóncon sede en Valladolid, fundándose en la falta de estudios científicos,sentencia contra la que la Junta de Castilla y León, por no compartir suargumentación, ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo, queestá admitido y pendiente de resolución. No obstante, con la voluntad demejorar la justificación del reglamento, se aprobó su modificación por Decretode 2018, que ha sido suspendido cautelarmente por dicha Sala, antes de dictarsentencia en un futuro, insistiendo en la insuficiente y no actualizada basecientífica.

Al incluirse ahora las especies cinegéticas en elanexo a la Ley, el Defensor del Pueblo entiende que con ello se puede estarvulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva de los juzgados ytribunales. Sin embargo, a juicio de la Dirección de los Servicios Jurídicostal vulneración en absoluto se produce, ya que esta misma opción de incorporarel listado de especies cinegéticas directamente en la ley ha sido seguida pordiversos parlamentos autonómicos, sin que ninguna tacha de inconstitucionalidadse haya deducido por el Defensor del Pueblo respecto de esas leyes, como ocurrecon las Leyes de Caza Valenciana de 2004, de Cantabria de 2006, de Murcia de2003, o de Andalucia de 2003. Incluso hay Comunidades que no cuentan conninguna regulación de la caza, y que siguen aplicando supletoriamente un RealDecreto de hace 24 años del Estado, de 1995, que declaraba las especiescazables, que por su fecha no puede estar muy actualizado, como ocurre enMadrid o Cataluña.

Además, según la Dirección de los ServiciosJurídicos, las resoluciones judiciales con sus pronunciamientos pueden, endeterminados casos, provocar que se cambie el ordenamiento jurídico,mejorándolo en aquello que no sea adeacuado, cosa que es positiva, más allá deque esa evolución se haga en una norma reglamentaria via Decreto o se eleve auna norma con rango de Ley, si así lo deciden las Cortes, pues está bajo supoder de decisión al representar a todos los ciudadanos.

La modificación de la Ley de Caza ha sido apoyadapor la mayoría de los grupos parlamentarios presentes en las Cortes de Castillay León y de todo signo político -PP, PSOE y Ciudadanos-, y sin ningún voto encontra, el Defensor del Pueblo ha presentado este recurso deinconstitucionalidad.

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