La Junta lanza una ayuda para la realización de festivales y actividades culturales

Está orientada a la realización de festivales en Castilla y León en los ámbitos de la música, artes escénicas, cine y televisión, artes visuales y nuevas tecnologías, literatura u otras temáticas culturales

Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, Santiago Santonja. ICAL
Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, Santiago Santonja. ICAL

La Junta de Castilla y León, a través de su consejería de Cultura, Turismo y Deportes, ha lanzado la convocatoria de ayudas para la realización de festivales y actividades culturales complementarias. Serán subvencionables las siguientes actuaciones a realizar en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024:

La realización de festivales en Castilla y León en los ámbitos de la música, artes escénicas, cine y televisión, artes visuales y nuevas tecnologías, literatura u otras temáticas culturales.

1. La realización de actividades culturales que se realicen en Castilla y León complementarias a los festivales del punto anterior para los que se obtenga la subvención, y que complementen los mismos en cualquiera de sus fases y facetas. No serán subvencionables actividades complementarias de manera independiente al festival.

2. Los festivales y actividades complementarias de los dos puntos anteriores podrán realizarse tanto en formatos tradicionales, con presencia de público, como online o mediante el uso de tecnologías que permitan su celebración en formatos no presenciales.

No serán subvencionables espectáculos, giras y programaciones fuera del marco de la organización de un festival; actuaciones itinerantes que formen parte de otros eventos; actividades, ferias o celebraciones comerciales o de promoción turística; actividades benéficas orientadas a la recaudación de fondos; Premios y galas o Proyectos cuyo fin no sea la promoción y difusión cultural y actividades no dirigidas al público en general.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se correspondan con gastos realizados entre el 1 de diciembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Serán subvencionables aquellos proyectos cuyo coste total alcance un mínimo de 60.000 euros y un máximo de 150.000 euros, y la cuantía ascenderá a un máximo del 60% del coste total del proyecto.

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Esta ayuda podrá ser solicitada por entidades y colectivos que promueven este tipo de actuaciones y que cumplan los siguientes requisitos.

1. Tener como actividad u objeto social respectivamente la realización de las actuaciones que son objeto de subvención y que cumplan las condiciones y criterios establecidos en las bases y convocatoria.

2. Entidades locales de Castilla y León, que organicen los festivales objeto de las bases reguladoras y que cumplan las condiciones y criterios establecidos en las bases y convocatoria.

3. Agrupaciones de las anteriores o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de la subvención

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