La Justicia reconoce como enfermedad laboral el cáncer de un trabajador expuesto a químicos
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma que la incapacidad permanente de un empleado de la empresa vallisoletana tiene origen profesional tras décadas de exposición a sustancias cancerígenas
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reconocido de forma definitiva que el cáncer padecido por un trabajador de Lingotes Especiales constituye una enfermedad profesional derivada de la exposición continuada a productos químicos cancerígenos en su puesto de trabajo.
La sentencia pone fin a un largo procedimiento judicial iniciado en 2018, en el que el afectado, con el respaldo del sindicato UGT, ha tenido que hacer frente a sucesivos recursos presentados tanto por la empresa como por la Mutua Montañesa. El fallo del TSJ desestima dichos recursos y ratifica las resoluciones previas del Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid, que ya en diciembre de 2019 reconoció el origen laboral de la patología, así como las resoluciones posteriores dictadas tras la intervención del Tribunal Supremo.
Según ha explicado UGT, el proceso se ha prolongado durante más de seis años, desde el inicio del expediente administrativo hasta la vía judicial, obligando al trabajador a soportar importantes dilaciones pese a que los tribunales han confirmado reiteradamente la relación directa entre la enfermedad y las condiciones de trabajo.
Las resoluciones judiciales consideran acreditado que el trabajador estuvo expuesto durante décadas, en distintas secciones de la empresa —especialmente en machería y acabados—, a aminas, resinas, limpiametales y otros contaminantes químicos, entre ellos sustancias como dimetilformamida, dimetiletilamina y fenol, incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006 por su potencial cancerígeno.
Los tribunales concluyen que concurren todos los elementos exigidos legalmente —diagnóstico, agente y actividad— para aplicar la presunción legal de enfermedad profesional, descartando que otros factores personales alegados puedan romper el nexo causal con la exposición laboral.
Desde la Sección Sindical de UGT FICA en Lingotes Especiales han valorado muy positivamente este fallo definitivo, al considerar que supone un reconocimiento a una larga lucha en defensa de la salud laboral y de los derechos del trabajador, además de un respaldo a la labor sindical desarrollada en la empresa.
Asimismo, el sindicato subraya que este caso evidencia el elevado coste personal y temporal que soportan las personas trabajadoras cuando se cuestiona de forma sistemática el origen profesional de enfermedades graves, y destaca que la sentencia firme del TSJ constituye un precedente relevante para el conjunto del sector industrial y de la fundición.
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