Publicados los decretos que desarrollan la carrera profesional de los empleados públicos y los docentes de la Comunidad

En el primer caso, la Consejería de la Presidencia convocará antes de que acabe el año el proceso ordinario de acceso

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Docente escribe en la pizarra
Docente escribe en la pizarra

El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy los decretos que regulan la carrera profesional horizontal y el proceso de evaluación del desempeño para los empleados públicos de la Administración autonómica y de los docentes de la Comunidad. En el primer caso, para cumplir con los compromisos adquiridos la Consejería de la Presidencia aprobará antes de final de año, y se publicará en el Bocyl, una Orden mediante la que se convocará el proceso ordinario de acceso a la carrera profesional, en la categoría profesional I, correspondiente al año 2022, que se llevará a cabo mediante una evaluación simplificada hasta que vaya implantándose progresivamente todo el mecanismo procedimental instaurado en el decreto.

Además, habrá una convocatoria, con carácter excepcional y por una sola vez, que permitirá el acceso extraordinario a la categoría profesional I de los empleados públicos que, a 20 de septiembre de 2021, reuniendo los requisitos exigidos en la Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, no hubiese presentado su solicitud en el plazo señalado en la misma. Con estas actuaciones la Consejería de la Presidencia cumple con los compromisos adquiridos por la Junta de Castilla y León con los representantes sindicales de los empleados públicos y reconoce a estos su esfuerzo y méritos en el desempeño de sus funciones.

Quedan excluidos de estas convocatorias el personal estatutario que preste servicios en centros e instituciones sanitarias del servicio de Salud de Castilla y León, al tener su propio régimen de carrera profesional horizontal, y el personal docente, funcionario o laboral que preste servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería competente en materia de educación, que también tienen un sistema propio de carrera profesional horizontal.

La Administración autonómica llegó a un Acuerdo en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Comunidad de Castilla y León, en su reunión del día 23 de julio de 2021, para el desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de Castilla y León y sus organismos autónomos. Dicho acuerdo fue aprobado, con carácter previo a su firma, por la Junta de Castilla y León en la reunión del Consejo de Gobierno del día 22 de julio de 2021.

Este acuerdo preveía el acceso a la carrera profesional horizontal, mediante procesos ordinarios y extraordinarios, y estableció un calendario de apertura de acceso a las diferentes categorías en las que se estructura esta carrera. En cumplimiento de este calendario por Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, se convocó el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional I (Bocyl de 10 de septiembre). Este proceso fue resuelto por Orden PRE/1312/2021, de 28 de octubre (Bocyl de 2 de noviembre).

Personal docente

Por otra parte, en el caso del personal docente, la carrera profesional valorará la actividad individual, la participación en la organización y funcionamiento del centro o servicio de apoyo y la actualización profesional. Se organizará en cuatro categorías y se retribuirá cada una de ellas en función del grupo o subgrupo de pertenencia.

La Consejería de Educación considera necesario regular específicamente la carrera profesional horizontal del personal docente debido a las peculiaridades de este colectivo frente al resto de empleados públicos. Concretamente, la temporización de la evaluación del desempeño es muy diferente ya que está íntimamente ligada al curso escolar. Asimismo, cree preciso regular el derecho de opción de los docentes para percibir el complemento específico de formación permanente o sexenios.

La carrera profesional horizontal consiste en la progresión de categoría profesional sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. En ella se valorará la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados y los conocimientos adquiridos. En el caso del personal docente, la carrera profesional valorará la actividad individual, la participación en la organización y funcionamiento del centro o servicio de apoyo y la actualización profesional.

Afecta a los docentes que prestan servicios en centros públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería de Educación. Para disfrutar de la carrera profesional es necesario que exista una convocatoria y que el interesado lo solicite. La carrera profesional se organiza en cuatro categorías, definiendo cada una de ellas el grado de desarrollo alcanzado profesionalmente por el personal docente.

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