El principio de la autonomía de los centros docentes es hoy una cuestión clave en la mayoría de los países de la Unión Europea que han puesto en marcha diferentes políticas con el propósito de dotar de mayor capacidad de decisión a los centros docentes no universitarios. En la misma línea, el aumento de la autonomía es una recomendación reiterada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para mejorar los resultados de los centros, necesariamente unida a la exigencia de una mayor trasparencia en la rendición de cuentas.
Aun así, las encuestas internacionales siguen marcando este factor como un déficit del sistema educativo español. Por ello, la Consejería de Educación, siguiendo las recomendaciones de los citados organismos internacionales y lo marcado por las diferentes leyes generales de Educación de los últimos años -Ley Orgánica de Educación (LOE) y Ley Orgánica para la Mejora la Calidad Educativa (LOMCE)- pretende dotar a los centros docentes de un mayor margen de autonomía que les permita adecuar su actuación a sus circunstancias concretas y a las características de su alumnado, con el objetivo de establecer unas bases académicas sólidas para lograr el éxito escolar.
Así, el artículo 120 del título V de la LOE determina que los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento, e indica que en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación del horario escolar en los términos que establezcan las administraciones educativas.
De este modo, la Junta asume como objetivo potenciar las intervenciones de los centros sobre sus procesos educativos, desarrollando modelos innovadores de compromiso y favoreciendo una mayor autonomía. En el primer trimestre del actual curso, 227 centros de Educación Primaria sostenidos con fondos públicos han comunicado su intención de elaborar un proyecto de autonomía para ser implantado en el curso escolar 2016-2017. De ellos, 145 son colegios públicos y 82 concertados. No obstante, este número podrá verse ampliado gracias a los plazos extraordinarios que se establecen en la norma publicada el 30 de diciembre en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
Mejorar el servicio educativo
La autonomía de los centros, por sí sola, no es un factor que garantice la calidad y equidad educativa, pero se concibe como uno de los principales instrumentos que las hacen posibles. Por ello, los proyectos de autonomía regulados en esta Orden, independientemente de su propósito y contenido, garantizan el tronco común de las enseñanzas de la Educación Primaria y deberán incorporar, como objetivo común a todos ellos, la mejora de los resultados de los aprendizajes, para que todos los alumnos superen los estándares de aprendizaje evaluables de cada curso de la etapa. Para esto, todos los proyectos incluirán medidas de refuerzo y ayuda dirigidos a los alumnos con mayores dificultades.
Por último, con esta Orden, la Administración da un paso más para sistematizar y concretar los proyectos de autonomía, ya que delimita los ámbitos en los que se podrán implantar. Además, establece un procedimiento abierto para que todos los centros que lo soliciten -y sean autorizados a desarrollar un proyecto de autonomía- puedan optimizar la acción educativa que permita mejorar los resultados de su alumnado, basándose en la equidad y la toma de decisiones singulares en relación con el ámbito pedagógico-curricular, el organizativo-funcional o ambos.
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