El Zamora CF está obligado a llevar médico a Ponferrada

La Federación ha advertido al club en dos ocasiones

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Zamora CF - Celta Fortuna (41).JPG | Carlos G. Rodríguez

El Zamora CF es uno de los clubes instados por la Federación Española de Fútbol a presentar médico en los partidos a domicilio.

Las normas reguladoras y bases de la competición son claras, a pesar de que el tema “haya pillado de improvisto” a los clubes. Dentro del Título III Participación de los clubes se detalla en el artículo 21 las obligaciones de dotación médica:

Los clubes, con carácter obligatorio, deberán tener adscrito a la plantilla, mediante la correspondiente licencia, a un médico colegiado que deberá estar presente en todos los partidos que dispute el club, así como en todos los entrenamientos, y deberá de asumir las responsabilidades concernientes al control antidopaje, entre otras. En la categoría de Primera Federación será obligada la presencia de un/a médico durante la totalidad de los partidos oficiales y provisto por el equipo local, o el que juegue como local cuando el partido se dispute en campo neutral. Además, con carácter obligatorio, en todos los partidos deberá estar presente una ambulancia de soporte vital básico. El/la médico deberá estar en posesión de una licencia específica que le acredite como titular de las funciones a que se refiere el apartado precedente.

El Zamora CF ha sido advertido dos veces por el Juez Disciplinario Único de la competición al recoger el acta arbitral de la jornada 4 en Arenteiro y la jornada 6 en Tenerife:

“Se indica que el Zamora CF no presenta licencia de médico. Se recuerda la obligación que viene impuesta a los clubs respecto del estricto cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de las Normas y Bases de Competición, y en el artículo 122.1.h) del Reglamento General de la RFEF, en el que se establece que en la categoría de Primera Federación, será obligada la presencia de un médico con licencia activa durante la totalidad de los partidos oficiales, por lo que se insta a ZAMORA CF que extreme su diligencia adoptando las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de esta norma, con expresa advertencia de las consecuencias previstas en el artículo 133 del Código Disciplinario de la RFEF en caso de nuevo incumplimiento”.

Es cierto que hay varios clubes que acumulan más de dos advertencias y la Federación aún no ha sancionado a ninguno, pero el incumplimiento de las obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos podría llevar desde una sanción económica de 602 euros hasta inhabilitación o clausura hasta de un partido (Artículo 133 del Código Disciplinario).

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