La Consejería de Educación, a través de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, ha establecido desde este jueves hasta el 13 de junio el plazo de presentación de los planes de formación permanente del profesorado en centros docentes y servicios de apoyo para comenzar su desarrollo en el curso escolar 2017-2018.
La formación permanente se organiza a través de cauces de formación que contemplan itinerarios formativos para responder de manera adecuada a las necesidades del profesorado a lo largo de su vida profesional y a las demandas institucionales de los centros y de la Administración educativa.
Los centros educativos, y la diversidad de contextos en los que desarrollan su labor, precisan de un profesorado altamente preparado y cualificado. El centro es el escenario habitual de la formación lo que permite que esta se adapte mejor a las necesidades del entorno y favorezca la implicación y participación de los docentes, el fortalecimiento del trabajo en equipo y una mayor integración en sus proyectos educativos y curriculares.
Por todo ello, la Administración educativa autonómica promueve la participación de los colegios, institutos y servicios de apoyo en el desarrollo de planes de formación en centros como cauce de aprendizaje, trasladándolo a la práctica educativa a través de nuevas metodologías docentes.
Hay definidos cuatro cauces de participación: los planes de formación en centros, los planes personales de equipos de profesores y los grupos de profesores -seminarios, grupos de trabajo y proyectos de formación en centros- y la participación individual en cursos y jornadas. En los primeros, podrán participar los centros y los servicios de apoyo, de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad, a través de la elaboración de un único plan por centro. Asimismo, podrá presentarse un plan de formación conjunto entre dos o tres centros educativos. El profesorado que presta servicios en un centro solicitante podrá participar en su plan de formación integrándose en los itinerarios que conformen el plan.
Asimismo, los planes personales de formación de equipos de profesores estarán constituidos por docentes de uno o de varios centros con intereses comunes. Por su parte, el profesorado podrá participar en las convocatorias de grupos de trabajo, seminarios y proyectos de formación en centros para el desarrollo de aspectos científicos, pedagógicos y didácticos.
Los cuatro cauces de participación anteriormente definidos tienen como principal objetivo la actualización y perfeccionamiento de las competencias profesionales del profesorado y la mejora de la educación de los alumnos. Estos podrán referirse a procesos que favorezcan la educación inclusiva y la innovación metodológica en el aula; al desarrollo de las competencias comunicativas y lingüísticas -bilingüismo y dimensión internacional de los centros educativos-; a la integración didáctica de las tecnologías de la información y de la comunicación -adquisición de la competencia digital-; a la atención a la diversidad, orientación y tutoría; a la mejora de la convivencia escolar y prevención de la violencia de género -garantizar los derechos del profesorado y del alumnado-; y al desarrollo de las competencias científicas y didácticas de las distintas áreas y materias.
Los planes de formación podrán tener una duración mínima de dos cursos escolares y máxima de cuatro, los planes personales de equipos de profesores durarán, al menos dos cursos, pudiendo llegar a tres. Ambos planes estarán integrados por uno o varios itinerarios formativos y podrán versar sobre formación y actualización en competencias comunes para todo el profesorado; competencias específicas para un determinado colectivo, departamento o área y desarrollo de objetivos y programas específicos del centro.
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios