Aprobado el nuevo decreto de becas que pretende beneficiar a casi un millón de estudiantes

Extiende el aprobado como requisito académico para acceder a una ayuda tanto en enseñanzas universitarias como no universitarias

Imagen de archivo de un alumno de la Facultad de Ciencias económicas de la Universidad CEU San Pablo   Marta Fernández Jara   Europa Press   Archivo
Imagen de archivo de un alumno de la Facultad de Ciencias económicas de la Universidad CEU San Pablo Marta Fernández Jara Europa Press Archivo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Educación y FP, el Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022-2023, becas con las que el Gobierno pretende beneficiar a cerca de un millón de estudiantes.

La principal novedad de la convocatoria 2022-2023 es el adelanto de los plazos de solicitud y comunicación de las becas, que permitirá a los estudiantes saber antes del periodo de matriculación si cumplen con los requisitos para recibir estas ayudas y cuál será la cuantía de las mismas.

Con la aprobación de este Real Decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, y la posterior convocatoria de las becas, los plazos se adelantarán cuatro meses, de modo que está previsto que el periodo de solicitud de becas se abra el próximo mes de marzo y no en julio o agosto como venía siendo habitual.

El presupuesto destinado a las becas y ayudas para el próximo curso escolar será de 2.134 millones de euros, un montante con el que se pretende beneficiar a unos 980.000 estudiantes en España, unos 200.000 más que hace cinco años, ya que el presupuesto es un 45% superior al del curso 2017-2018.

MISMAS CUANTÍAS Y UMBRALES

Los créditos disponibles para las convocatorias del curso escolar 2022-2023 de becas y ayudas al estudio de carácter general se asignarán en primer lugar a la cobertura de la beca básica, la gratuidad de la matrícula y de las cuantías fijas ligadas a la renta, a la residencia y a la excelencia en el rendimiento académico. El crédito restante se asignará a la cobertura de la cuantía variable que se distribuirá entre los solicitantes en función de la renta familiar y del rendimiento académico de los estudiantes.

Con respecto a las modalidades y cuantías de las becas, se mantienen las del pasado curso. En todas las enseñanzas, la cuantía fija ligada a la renta del solicitante será de 1.700 euros; la cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso de 1.600 euros; la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico oscilará entre 50 y 125 euros a partir de una nota media de 8; y la cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar, tendrá un importe mínimo de 60 euros.

Y para las enseñanzas no universitarias, la beca básica será de 300 euros, que se incrementa en 50 euros para los alumnos de Ciclos Formativos de Grado Básico; mientras que en enseñanzas universitarias, los becados estarán exentos de pagar la matrícula del primer curso de Grado, de modo que sólo tendrían que pagar las tasas relacionadas con los servicios académicos correspondientes a los créditos de los que se hayan matriculado.

Además, se mantiene el tratamiento específico, ya previsto en cursos anteriores, que exonera del cumplimiento de ciertos requisitos académicos exigidos con carácter general para la obtención de beca a las solicitantes que hayan resultado víctimas de violencia de género y a sus hijos menores de edad que hayan sido expuestos a dicha violencia de género.

El Real Decreto también mantiene los importes máximos de renta familiar vigentes en el pasado curso, así como los umbrales de renta familiar y los umbrales indicativos de patrimonio familiar.

REQUISITOS ACADÉMICOS

Otra de las novedades de este Real Decreto es que para este próximo curso, se reduce de un 7 a un 5 la nota media que el alumno deberá obtener tanto para cursar el primer como el segundo curso de un Máster no habilitante, al igual que ya sucede con los Másters habilitantes para ejercer determinadas profesiones, una medida que costará, según estimaciones del Gobierno, entre 26 y 45 millones de euros.

De este modo, se extiende como requisito la obtención de un 5 de media para obtener beca, como es el caso en los primeros cursos de Bachillerato y de una FP de Grado Superior, mientras que para recibir beca en primer curso de un Ciclo de FP Medio y FP Básica valdrá con estar matriculado.

Para ser becado para cursar los segundos cursos, el estudiante tendrá que superar todas las materias salvo una (o un número de módulos que suponga el 85% de las horas totales del curso en que hubiera estado matriculado en FP).

En cuanto a las enseñanzas de Grado, para obtener beca en el primer curso, la nota media de la EBAU tendrá que ser de mínimo un 5, aunque los requisitos variarán en posteriores cursos según la rama de conocimiento del Grado en el que estudie el solicitante.

Así, en enseñanzas técnicas y de Ciencias, el requisito será superar el 65% de los créditos matriculados; en Ciencias de la Salud el alumno tendrá que superar el 80% de los créditos; y en Ciencias Sociales y Jurídicas, así como en Artes y Humanidades, bastará con aprobar el 90% de los créditos.

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