Local

El Ayuntamiento establece el calendario de venta ambulante para el año 2020

Todas las actividades de venta ambulante deben estar debidamente autorizadas por la Concejalía de Comercio.

La venta ambulante se encarama al Alto de los Curas

El concejal de Turismo, Comercio yla Oficina Municipal de Desarrollo, Christoph Strieder, ha dictado el Decretopara la convocatoria de las distintas modalidades de venta ambulante que se desarrollaránen la ciudad a lo largo del presente año 2020, cuyo anuncio aparece publicado esteviernes en el Boletín Oficial de la Provincia. El decreto establece losdistintos tipos de Mercadillos o Mercados periódicos u ocasionales, así comolas actividades de Comercio Ambulante en la vía pública que se podrán realizar,de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el Municipio deZamora, que entró en vigor en octubre de 2018. En todos los casos deberán estarautorizados por la Concejalía de Comercio, cumplir las garantías de seguridad,higiénicas y sanitarias preceptivas y abonar la tasa correspondiente, según loestablecido en la citada Ordenanza.

En cuanto a los Mercadillos sefija solamente el semanal que se celebra los martes en las inmediaciones delAlto de los Curas. Y respecto a los Mercados los hay diarios, como los deproductos hortofrutícolas que se realizan en la marquesina del Mercado deAbastos y en el pabellón de hortelanos del Mercado de Mayoristas; mensualescomo el Mercado Ecológico el tercer sábado de cada mes en la plaza de laConstitución; y de periodicidad anual como los de venta de artículos debisutería, artesanado y pequeño comercio que se desarrollan habitualmente enNavidad, Semana Santa y San Pedro, de venta de flores en los inmediaciones delCementerio con motivo de la festividad de Todos los Santos, y el degarrapiñadas, frutos secos y similares que se realiza junto a la ermita delCristo de Valderrey.

También se regula el comercioambulante de distinto tipo que se desarrolla en la vía pública coincidiendo condeterminadas fechas, como el de almendras garrapiñadas, frutos secos, golosinasy similares; la venta de churros y patatas fritas, de castañas asadas, desombreros y artículos taurinos, de palmas y ramos, venta itinerante de globos,e incluso la posibilidad de venta de otros productos ocasionales en la víapública como pudieran ser helados y batidos o zumos, y perritos calientes osimilares.

En el Decreto, que se podrá consultar a partir de ahora enla sección correspondiente a la Concejalía de Comercio de la página web delAyuntamiento, se fijan las fechas y lugares de celebración de todas estasactividades, así como el número de puestos o licencias, los productos quepueden ponerse a la venta, el régimen interno de funcionamiento de lasdistintas modalidades de venta ambulante, e incluso una previsión del régimensancionados aplicable en el caso que desarrollar la actividad sin la debidaautorización  o contraviniendo lo establecidoen la Ordenanza Municipal.

Comentarios
Anónimo Hace 4 años (07/02/2020 23:59)
La guardia civil actúa en la provincia pero en Zamora capital no puede actuar, es competencia de policia nacional y municipal ( depende del ayuntamiento ). <br/>70
Anónimo Hace 4 años (07/02/2020 23:49)
¿ Regular?, ¿ Regular el mercadillo ? Pero si es una ciudad sin ley, en el mercadillo se incumple todas las leyes señor concejal de comercio, y lo peor es que usted es cómplice pues lo sabe y lo permite. <br/>81
Ver más