Las bolsas de plástico se cobrarán a entre 5 y 15 céntimos a partir del 1 de julio y se prohibirán en 2021

Los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible. Las bolsas de plástico muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel o por razones de higiene no se cobrarán

 Ciudadanos de compras
Ciudadanos de compras

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, con el objetivo de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en España.

Por tanto, a partir del 1 de julio de 2018 se cobrarán a los consumidores todas las bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel o por razones de higiene, y las que tienen un espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

En el caso de estas excepciones para las bolsas de plástico, los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje. También las bolsas de plástico se cobrarán en la venta online, así como las entregadas a domicilio.

Asimismo, el Real Decreto recoge unos precios orientativos de las bolsas de plástico en función de su espesor. Las bolsas de espesor inferior a 15 micras, destinadas a usos diferentes de los mencionados anteriormente, se cobrarán a 5 céntimos; las de entre 15 y 49 micras, y las de espesor igual o superior a las 50 micras, tendrán un coste de 15 céntimos; y las de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, a 10 céntimos.

De este modo, la Asociación de Empresarios Salmantinos de Comercio (AESCO) explica que los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicho Real Decreto.

Además, desde el 1 de enero de 2020 se prohíbe la entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentables, y las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50% de plástico reciclado.

Por otro lado, a partir del 1 de enero de 2021 se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para sustituir a las bolsas de plástico.

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