La Seguridad Social dedicó 3,2 millones de euros al pago de la prestación por maternidad y 381.000 euros a la de paternidad durante el año pasado en la provincia de Zamora, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Empleo.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social gestionó 699 prestaciones económicas por maternidad, lo que supone un aumento anual de casi el diez por ciento con respecto al 2014. Esa cantidad de prestaciones por maternidad se repartió en 685 a la madre y 14 al padre. En total se destinaron a estas prestaciones por maternidad un total de 3,2 millones de euros.
Su cuantía es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo). Además, el padre puede disfrutar del tiempo de permiso cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación. La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso, a excepción de las seis primeras semanas que son de descanso obligatorio para la madre (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre).
Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.
Paternidad
En cuanto al número de procesos por paternidad ha sido de 580, un 7% más que el año anterior, con un coste de 381.000 euros, casi el tres por ciento más. El permiso por paternidad se estableció en la Ley de Igualdad, que entró en vigor el 24 de marzo de 2007. Es independiente del de la madre y compatible con el disfrute por parte del padre del permiso por maternidad, cuando es cedido por la madre.
La cuantía del subsidio por paternidad es la misma que el importe del permiso por maternidad: 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes. La prestación se abona por un periodo de 15 días (dos más por cada hijo a partir del segundo).
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