La CGT censura la decisión del Pleno de convertir a libre designación el puesto de Tesorero

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Según el art. 80 del EBEP, la Libre Designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos y que los criterios para determinar dichos puestos son la especial responsabilidad y la confianza. “En CGT entendemos que no deberían existir puestos de Libre Designación, ya que todo funcionario ha demostrado su capacidad mediante las pruebas de acceso correspondientes y ha declarado expresamente ser responsable e independiente del poder. Por lo tanto, cualquier vacante puede cubrirse por oposición y cualquier puesto mediante concurso de traslados o de méritos”, aseguran.

“El único argumento que le queda a quienes gobiernan las Administraciones para poder asignar puestos “a dedo”, como las Libres Designaciones, es el de la confianza”, añade CGT entiende que la Administración (cualquiera) es Pública, que debe ser independiente y que, por lo tanto, la confianza es un principio “que tan solo sirve para atentar contra el principio de transparencia”. Por ello CGT argumenta que “tras el principio de confianza, que es un baremo incalificable de manera objetiva, se esconde una fórmula para otorgar puestos “a dedo” por motivos, que en el caso del Ayuntamiento de Zamora, se nos escapan”.

Se podría dar la paradoja de que la fórmula de acceso a través de la Libre Designación, que debería de ser excepcional, se pueda convertir en habitual en este Ayuntamiento, “continuando con la línea que ha seguido el anterior gobierno del Partido Popular los últimos 20 años”, afirma CGT.  “Desde CGT hemos insistido hasta la saciedad en la supresión de esta forma de provisión, salvo para puestos muy concretos y en casos excepcionales, y que es fuente de arbitrariedad y de conflicto. Entendemos que se está utilizando de un modo abusivo y equivocado en todas las Administraciones. El Ayuntamiento de Zamora debe comprometerse a publicar los criterios de selección en estos casos y justificar en qué mejora al proceso selectivo por baremos, esta fórmula en los puestos así provistos”, puntualizan.

Por último, CGT denuncia “la connivencia, en este caso, de las Organizaciones Sindicales representadas en la Junta de Personal del Ayuntamiento de Zamora, que han dado su “visto bueno” a este cambio en la RPT aumentando el número de libres designaciones en la misma, cuando en otras administraciones en las que tienen representación, siempre (de cara a la galería suponemos), han mostrado su indignación y su posición en contra a esta figura de provisión de puestos en la Administración Publica”; por lo que añaden: “entendemos, en este caso, que dichas Organizaciones no cumplen su labor original de velar  por los derechos de los trabajadores y porque las plazas de funcionarios en esa institución se cubran por los principios de acceso a la función pública como son los de igualdad, mérito y capacidad, los cuales y según la interpretación que el Tribunal Constitucional ha efectuado sobre ellos no determinan su aplicación exclusivamente en el procedimiento de ingreso en la función pública, sino que prolongan su vigencia a lo largo de la vida funcionarial y se hacen sobre todo patentes en el establecimiento de los sistemas de provisión de puestos de trabajo y en el sistema de carrera administrativa y de promoción interna”.

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