Comienza la cuenta atrás para que las comunidades de vecinos adapten sus instalaciones de antenas colectivas de TDT

 Comienza la cuenta atrás para que las comunidades de vecinos adapten sus instalaciones de antenas colectivas de TDT
Comienza la cuenta atrás para que las comunidades de vecinos adapten sus instalaciones de antenas colectivas de TDT
El proceso de liberación del Dividendo Digital, que supone una reubicación de las frecuencias de televisión en la banda 800MHz para dejarla libre para las nuevas redes de telefonía móvil de alta velocidad 4G, hace necesario realizar adaptaciones en las instalaciones de antena colectiva de los edificios y, de este modo, continuar recibiendo la oferta completa de canales de televisión.

Los edificios de tamaño medio o grande, equipados generalmente con monocanales o centralitas programables, deben realizar las adaptaciones de sus sistemas de antena colectiva lo antes posible.

Sin embargo, las viviendas unifamiliares, dotadas con antena individual, no tienen que realizar adaptaciones al disponer de sistemas con amplificadores de banda ancha capaces de recibir todos los canales de televisión; al igual que les ocurre a los edificios de menor tamaño o con un reducido número de viviendas, que también suelen utilizar este sistema. En estos casos solo será necesario sintonizar cada televisor, a través del menú de su mando, para buscar los canales.

Este proceso tiene que realizarse antes del 1 de enero de 2015, fecha en la que ya todos los programas de televisión emitirán únicamente por la nueva frecuencia asignada. Además a partir del 26 de octubre de 2014, los programas de televisión comenzarán a emitirse a través de las nuevas frecuencias asignadas en el Plan Técnico de la TDT. En ese momento, todos los ciudadanos, tanto los que viven en edificios afectados como los que no, tendrán que sintonizar sus televisores para localizar las nuevas frecuencias en las que se emitirán a partir de ese día los programas de televisión.

Las ayudas se solicitarán una vez realizadas las actuaciones y están destinadas a las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios de viviendas sujeto al régimen de propiedad horizontal, y que tengan instalado un sistema de antena colectiva basado en monocanales o en una centralita programable. Además, solo podrá solicitarse una subvención por cada comunidad de propietarios.

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