El Ministerio de Educación publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 4 de octubre las normas procedimentales que regirán los concursos de traslados que las comunidades autónomas convocarán antes del día 5 de noviembre. Al tratarse de un concurso nacional, establecen las bases para que el concurso y su baremo sean iguales para todo el territorio nacional aunque la convocatoria concreta la realicen las diferentes autonomías.

De estas normas comunes destaca que el plazo de presentación de instancias de participación para todos los concursos de traslados de ámbito estatal que deban convocarse durante el curso 2014/2015 será desde el 6 al 24 de noviembre, ambos inclusive. Como siempre, la solicitud de participación se realizará en la comunidad autónoma en la que el docente tiene destino, independientemente de que pida plazas en otras comunidades.

Las vacantes se publicarán: vacantes provisionales, antes del 13 de febrero de 2015; vacantes definitivas, antes del 14 de abril de 2015. El baremo de méritos por el que se regirá el concurso no ha sufrido variaciones respecto al de concursos nacionales anteriores.

 

Requisitos y titulaciones con las que se puede solicitar la nueva especialidad

 

Educación Infantil

- Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en E. Infantil.

- Maestro especialidad de Educación Infantil (R.D. 1440/1991).

- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Preescolar.

- Especialidad en Educación Preescolar o en Pedagogía Preescolar de las licenciaturas de Filosofía y Letras (Sección Ciencias de la Educación) o de Filosofía y Ciencias de la Educación (Sección Ciencias de la Educación).

Educación Primaria

- Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en E. Primaria.

- Maestro especialidad de Educación Primaria (R.D. 1440/1991).

- Maestro (R.D. 1440/1991) en cualquiera de sus especialidades.

- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica en cualquiera de sus especialidades.

- Maestro de Primera enseñanza (Plan de estudios de 1967).

- Maestro de Enseñanza Primaria (Plan de estudios de 1950).

Música

-Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Música.

-Título de Graduado o Graduada en el ámbito de la Música.

- Maestro especialidad de Educación Musical (R.D. 1440/1991).

- Título Superior de Música (Ley 1/1990, de 3 de octubre), o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

- Licenciado en Musicología o en Historia y Ciencia de la Música.

- Título Profesional de Música de la Ley Orgánica 1/1990 o de la Ley Orgánica 2/2006.

Educación Física

-Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Educación Física.

-Título de Graduado o Graduada en el ámbito de la Actividad Física y del Deporte.

-Maestro especialista de Educación Física (R.D. 1440/1991).

-Licenciado en Educación Física.

-Diplomado en Educación Física.

Lengua extranjera (Francés,Inglés, Alemán)

-Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Lengua extranjera en el idioma correspondiente y la acreditación del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas.

-Títulos de Graduado o Graduado en el ámbito de una lengua extranjera en el idioma correspondiente.

- Maestro especialidad de Lengua Extranjera (R.D. 1440/1991) en el idioma correspondiente.

- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología en el idioma correspondiente.

- Certificado de nivel avanzado o Certificado de aptitud de la Escuela Oficial de idiomas correspondiente.

- Licenciado en Filología del idioma correspondiente.

- Licenciado/Diplomado por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traducción e interpretación) en el idioma corresp.

Pedagogía Terapéutica

- Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Pedagogía Terapéutica o aquellas otras menciones cuyo currículo esté específicamente relacionado con la atención al alumnado con necesidades educativas especiales.

- Maestro especialidad de Educación Especial (R.D. 1440/1991).

- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad Educación Especial.

- Licenciado en Psicopedagogía.

- Licenciado en Filosofía y Letras, Sección de Pedagogía, Subsección de Educación Especial, o equiparación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 7 de noviembre de 1983 (BOE del 11).

Audición y Lenguaje

-Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Audición y Lenguaje.

- Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Logopeda.

- Maestro especialidad de Audición y Lenguaje (R.D. 1440/1991).

- Diplomado en Logopedia.

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