El Congreso avala sin rechazos el decreto que amplía los ERTE por el Covid-19 hasta el 30 de junio

Asimismo, la Cámara Baja ha votado por unanimidad la tramitación del decreto como proyecto de ley, lo que habilita a los grupos a presentar enmiendas con las que buscar su modificación.

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El Pleno del Congreso ha convalidado este miércoles el decreto ley que amplió hasta el 30 de junio las facilidades de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor derivados por la crisis del virus Covid-19.

Asimismo, la Cámara Baja ha votado por unanimidad la tramitación del decreto como proyecto de ley, lo que habilita a los grupos a presentar enmiendas con las que buscar su modificación.

Para su convalidación, el Gobierno ha contado con el apoyo de PP, ERC, Ciudadanos, Junts, PNV, EH-Bildu, UPN, PCR, y Foro Asturias, además de los votos de PSOE y Unidas Podemos. Vox, la CUP y BNG se han abstenido.

En vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Constitución exige que en el plazo de un mes los decretos leyes deban ser debatidos y votados en el Congreso para decidir si se convalidan o se derogan.

El decreto ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 12 de mayo, fruto del acuerdo entre Gobierno, sindicatos y empresarios, y desliga de la vigencia del actual estado de alarma la aplicación de estos ERTE, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad). En este último caso, se señala que, a la hora de reincorporar trabajadores a la actividad, se primarán los ajustes vía reducción de jornada.

La norma establece que no podrán acogerse a los ERTE de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en paraísos fiscales. Además, se precisa que las compañías que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación del ERTE, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas. No obstante, esta limitación no será aplicable a las empresas que, 29 de febrero de este año, contaran con menos de 50 trabajadores.

El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de junio, salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre. No obstante, el Gobierno también se reserva la posibilidad de prorrogar estas prestaciones si así lo ve necesario.

De acuerdo con este decreto ley, se facilita la transición de ERTE de fuerza mayor a ERTE por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción. A los ERTE por causas organizativas, económicas, técnicas o de producción que se inicien tras la entrada en vigor de este nuevo decreto y hasta el 30 de junio les serán de explicación las características especiales establecidas en la regulación del 17 de marzo. Se permitirá además que estos últimos se tramiten mientras estén vigente un ERTE de fuerza mayor.

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