La cuarta parte de los contratos son iguales o inferiores a siete días

 Zamora cierra 2015 con 41 empresas cotizantes y 702 asalariados más que en 2014
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La Unión General de Trabajadores (UGT) ha denunciado el aumento de los contratos de muy corta duración, iguales o inferiores a siete días, durante los últimos años y ha demandado al Gobierno “la información detallada sobre la utilización de estos contratos por parte de las empresas”, para ver si corresponden a una causa justificada. El sindicato ha presentado el informe ‘Los contratos de corta duración en el mercado de trabajo español’.

Según los datos recogidos, un 22% del total de contratos son iguales o inferiores a siete días. Desde 2007 este tipo de contratos se ha ido extendiendo considerablemente, un aumento de diez puntos, “produciendo una precariedad en el mercado de trabajo y en los derechos de los trabajadores”.

“La mayor parte de estos contratos son eventuales por circunstancia de la producción. Se firman para hombres y mujeres, en especial en edades comprendidas entre los 20 y los 50 años. Se concentran fundamentalmente en el sector servicios (85%), aunque el ámbito de actuación es amplio, abarcando a profesiones de mayor formación. Y se agrupan en pymes de hasta 25 empleados, pero la incidencia por tamaño es superior en las empresas medianas (de entre 26 y 1000 empleados)”.

El informe pone a la luz “un fenómeno que viene de lejos. A principio de los años noventa los sindicatos ya denunciamos este tipo de prácticas y la Seguridad Social impuso una sobrecotización a las empresas que utilizasen estos contratos de un 36%, excepto a los contratos de interinidad y a las actividades agrarias”.

“Esto sigue vigente, pero la Seguridad Social ya denunció en el año 2010 que muchas empresas estaban utilizando este tipo de contratación pero no pagaban el sobrecoste. Por ello, hemos pedido al Gobierno la información detallada sobre la utilización de estos contratos y que nos explique qué ingresos ha habido en el sistema por esa sobrecotización”.

En este sentido, manifiesta que “son contratos que dañan al trabajador porque es la precariedad más extrema. Son personas condenadas a no tener cualificación ni carrera profesional, y también influyen en la seguridad y salud en el trabajo y en la conciliación. Pero también tiene efectos en las empresas, ya que son contratos que no mejoran la productividad ni aportan valor añadido, además de ser un factor de competencia desleal y dañar al interés general, ya que hay mucha discriminación de ingresos en el sistema público de pensiones y un difícil acceso a las prestaciones”.

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