Declaración de la renta en Zamora: fechas clave y deducciones autonómicas a pocos días del inicio de la campaña

Estos son los puntos que debes conocer

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Oficinas de la Agencia Tributaria
Oficinas de la Agencia Tributaria

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2021 arrancará el próximo 6 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2021, se prolongará entre el 1 y el 30 de junio de manera ordinaria, pero previamente, desde el próximo 6 de abril se podrán presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.

Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.

DEDUCCIONES SOBRE LA CUOTA ÍNTEGRA AUTONÓMICA

La normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León ha establecido importantes beneficios fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en forma de deducciones sobre la cuota íntegra autonómica, aplicables por los contribuyentes residentes en esta Comunidad.

Los contribuyentes residentes en esta Comunidad pueden aplicar las siguientes deducciones sobre la cuota íntegra autonómica en el año 2021 (a declarar en 2022):

  • Por familia numerosa: 500 euros por familia. 1.000 euros cuando alguno de los miembros a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. La deducción se incrementará en 820 euros por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente regulado en la normativa del IRPF.
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 1.010 euros por el primero, 1.475 euros por el segundo, 2.351 euros por el tercero y sucesivos, si se cumplen los requisitos exigidos por la ley. Estas cantidades se duplican en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Estas cantidades se incrementan en un 35% para los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes .
  • Por partos múltiples o adopciones simultáneas: Compatible con la anterior. Si el parto múltiple o la adopción simultánea es de dos hijos, la mitad de la cuantía prevista en el apartado anterior y si el parto múltiple o la adopción simultánea es de tres o más hijos, una cuantía equivalente a la prevista en el apartado anterior. Además deducción de 901 euros durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción.
  • Por gastos de adopción: 784 euros cuando no se superen determinadas rentas. Para adopciones internacionales, 3.625 euros cuando no se superen determinadas rentas. Compatible con las dos deducciones anteriores.
  • Por cuidado de hijos menores de 4 años: 30% de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, concurriendo determinados requisitos, o 100% de determinados gastos en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad de Castilla y León, concurriendo determinados requisitos con el límite de 1.320 euros que se verá reducido en la cantidad a que el contribuyente tuviera derecho por la deducción estatal si se la aplica. El importe total de la deducción aplicada por ambos progenitores, más el importe en su caso, del incremento de la deducción estatal por maternidad, más la cuantía de las ayudas públicas percibidas por este concepto no podrá superar, para el mismo ejercicio, el importe total del gasto efectivo del mismo.
  • Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar: 15% de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros y concurriendo determinados requisitos. Deducción aplicable si no se superan determinadas rentas.
  • Por paternidad: 750 euros o 75 euros por semana completa cuando el permiso no coincida con el máximo legal permitido, siempre que no se superen determinadas rentas.
  • Por discapacidad: Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros. En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.
  • Por la adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en municipios o entidades locales menores municipio o entidad local menor : 15% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación, concurriendo determinados requisitos.
  • Por inversión en instalaciones mediambientales y de adaptación a discapacitados en vivienda habitual: 15% de la inversión, concurriendo determinados requisitos.
  • Por rehabilitación de vivienda en  municipio o entidad local menor destinada al alquiler: 15% de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos.
  • Por alquiler de vivienda habitual: 20% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros, concurriendo determinados requisitos
  • Por alquiler de vivienda habitual en municipio o entidad local menor : 25% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en municipios o entidades locales menores.
  • Para el fomento del emprendimiento: 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5% y máximo del 45% del capital de la sociedad, concurriendo determinados requisitos, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.
  • Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para recuperación del patrimonio cultural y natural: 15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos.
  • Por cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León, fundaciones y otras instituciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación: 15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos.
  • Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León: 15% del importe de la inversión concurriendo determinados requisitos.
  • Para el fomento de la movilidad sostenible: 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vehículos de energías alternativas más eficientes y sostenibles, con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no puede superar 40.000 euros.
  • Por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual: 7,5% de las cantidades satisfechas, aplicable durante 5 años, visado obtenido entre 01/09/2011 y 31/12/2012 y una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales.

PRINCIPALES NOVEDADES DE ESTA CAMPAÑA

Las principales novedades del IRPF de 2021 contemplan el aumento de dos puntos del tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%, lo que afectará a un número reducido de 36.194 contribuyentes (0,17%), con un impacto de 491,4 millones de euros (144 millones en 2021 y 346 millones en 2022), de acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Hacienda.

Además, en 2021 se redujeron las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima, mientras que se elevó el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa para potenciar las aportaciones empresariales y corregir la "regresividad" de estos beneficios, según el Gobierno. La medida aportará una recaudación de 580 millones en 2022.

En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, el pasado año los Presupuestos introdujeron un alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%.

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