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Declarada la alarma por riesgo de incendios forestales en Zamora los próximos días

Entre las medidas a llevar a cabo, se prohíben los trabajos con maquinaria

La Junta de Castilla y León ha declarado la alarma de riesgode incendios forestales por causas meteorológicas los días 30 y 31 de julio, yalerta el 1 de agosto en toda la Comunidad, puesto que las altas temperaturasse verán acompañadas de un incremento del viento, probabilidad de tormentas conpoca precipitación y alta inestabilidad atmosférica. Estos factores incrementanla probabilidad de ignición y la velocidad de propagación por viento de losincendios que se inicien, en especial en las horas centrales del día y primerashoras de la tarde.

Se establecen así medidas preventivas y organizativascontempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíberealizar trabajos en el monte y franja de 400 metros con maquinaria que puedagenerar deflagración, chispas o descargas eléctricas, como son, entre otras,cosechadores y empacadoras.

Se prevé que este jueves, 30 de julio, haya viento decomponente sur mantenido, de 15 a 35 kilómetros por hora. En algunos momentos,el viento será especialmente intenso y desecante en el centro y noreste de lameseta, y rolará a suroeste el viernes y oeste el sábado, disminuyendopaulatinamente su velocidad. Además, el jueves se espera tormenta generalizadacon escasa probabilidad de precipitación que puede complicar la situacióndebido a los rayos que caigan.

Todo ello se suma a las condiciones de altas temperaturas ybaja humedad relativa de estos días y se acompaña de una alta inestabilidadatmosférica, como indica el Índice de Haines, debido a la masa continentalsahariana en altura, que puede derivar en que los incendios iniciados cobrenfuerte convectividad, y por efecto del viento o de la convectividadaisladamente o sumadas, deriven en un Gran Incendio Forestal (GIF) de difícilextinción.

Además, este año por el gran desarrollo de la vegetaciónherbácea, ya totalmente agostada, estas situaciones se pueden complicar, lo queobliga a estar alerta en las comarcas que siguen realizándose la cosecha delcereal y el empacado de paja, labores que se prohíben los días 30 y 31 de julioen el monte y en la franja periférica de 400 metros.

Ante esta situación, la Consejería de Fomento y MedioAmbiente declara, por Resolución del Director General de Patrimonio Natural yPolítica Forestal, la situación de alarma meteorológica los días 30 y 31 dejulio y de alerta, el 1 de agosto. Durante estos días se solicita a lapoblación que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a travésdel 112 de la existencia de posibles incendios forestales.

En este sentido, cabe destacar la prohibición de lostrabajos con maquinaria que puede generar chispas o deflagraciones en monte y franjade 400 metros, como son, entre otras, cosechadoras y empacadoras. El 1 deagosto se reduce levemente el riesgo, pasando a una situación de alerta, dondela anterior prohibición solo tendría efecto si se superan los 30ºC y vientos demás de 30 kilómetros por hora simultáneamente.

Estas circunstancias meteorológicas agravan el ya elevadoriesgo de incendios que tenemos en la Comunidad, por la alta probabilidad deignición y la fuerte velocidad de propagación prevista, lo que plantea unescenario donde la probabilidad de que un incendio se transforme en un GIF esalta. Esta situación es generalizada en toda la Comunidad, lo que ha llevado atomar una medida común para todo el territorio.

Medidas preventivas: prohibiciones y precaución de lapoblación y trabajos

La Resolución prohíbe el uso de barbacoas; el uso de losahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso delfuego y de fuegos artificiales; prohíbe el uso de maquinaria en el monte yfranja de 400 metros de terreno rústico, cuyo funcionamiento genere fuego, comosopletes, soldadores, radiales; y prohíbe el uso de maquinaria en el monte,cuyo funcionamiento pueda deflagración, chispas o descargas eléctricas durantelos días 30 y 31 de julio.

El 1 de agosto, la utilización de maquinaria tipocosechadora o empacadoras se suspenderá en los momentos en que la temperaturasea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros porhora. No obstante, con las elevadas temperaturas y fuerte sequedad ambiental, sumadasa gran desarrollo de vegetación herbácea, se recomienda suspender las laboresno urgentes y si se trabaja fuera de las condiciones antes descritas, mantenerla máxima precaución y tener a mano los medios de extinción y el personalsuficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar comoconsecuencia de la labor.

El uso de motosierras sí está permitido siempre que secuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila,batefuegos o similar) y sus lugares de mantenimiento, si son en monte, semantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con mediosde extinción.

Los campamentos juveniles podrán seguir con sufuncionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas,teniendo especial prudencia en el uso de los generadores, motores y las cocinasde campamento.

Asimismo, se solicita a la población que, además de extremarlas medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al airelibre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la delmonte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendiosforestales. También se alerta a las empresas e instituciones que realizantrabajos y actividades al aire libre, fuera de la zona forestal, para queextremen la precaución, suspendiendo los trabajos con maquinaria no urgentespor la posibilidad de que originen fuegos que se extiendan al terreno forestal.

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