La DGT advierte de que circular con la ITV caducada sigue siendo motivo de sanción

Un cargo de Tráfico había indicado a Diario de Sevilla que se suspendían las sanciones si el motivo de circular con la ITV caducada era por el retraso en las citas. La DGT ahora lo desmiente.

 ITV itv inspección vehiculo5
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado a FACUA-Consumidores en Acción que circular con el certificado de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) caducado sigue siendo motivo de sanción, y que no hay ninguna orden actualmente en sentido contrario.

Las cabeceras del Grupo Joly han publicado este 26 de enero, citando fuentes de la DGT, que Tráfico había cursado una instrucción para suspender las sanciones que se impusieran a los usuarios que circulan con la ITV caducada si el motivo de hacerlo era por los retrasos que están sufriendo a la hora de obtener una cita.

La noticia publicada en los diarios de Grupo Joly indicaban que el jefe de la unidad normativa de la DGT, Francisco de las Alas-Pumariño Linde, había confirmado que el organismo tomaba esta decisión por el colapso que están sufriendo las estaciones de ITV de diversas provincias.

Según un escrito que había hecho llegar a Diario de Sevilla, una de las cabeceras del grupo, "la capacidad de servicio por parte de las Estaciones ITV varía de unas comunidades autónomas a otras, siendo el caso que en algunas de ellas se producen retrasos de varias semanas para la obtención de cita ante el gran número de solicitudes de servicio. Esta situación debe ser ponderada con ocasión de la tramitación de procedimientos sancionadores por ITV caducada".

Así, la DGT indicaba en dicho escrito que esta orden se daba para los casos "en los que la ITV haya vencido con posterioridad a la finalización del estado de alarma y para aquellas provincias donde se haya acreditado que no es posible atender en plazo las solicitudes de cita para la revisión ITV", y comprende "el sobreseimiento del procedimiento sancionador cuando quede acreditado que se dispone de cita para la revisión ITV del vehículo solicitada con antelación a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV".

Por tanto, el escrito recoge que se archivarían las sanciones de aquellos usuarios que puedan acreditar que disponían de cita y que el motivo de circular con la ITV caducada se debe a los retrasos en la atención para la inspección. Sin embargo, "se continuarán los procedimientos sancionadores por ITV caducada cuando la cita se haya solicitado con posterioridad a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV", prosigue.

La DGT admitía en dicho escrito que tomaba esta decisión porque "se ha constatado que la importante demanda del servicio también va a afectar a muchos vehículos cuya ITV expira tras la finalización del estado de alarma, a cuyos titulares, en ocasiones, les resultará imposible la obtención de cita en una Estación ITV en plazo".

La DGT desmiente la instrucción

Ahora, la Dirección General de Tráfico se ha puesto en contacto con FACUA para aclararle que dicha instrucción se tomó el 26 de junio de 2020, y que dejó de estar en vigor en el momento en que el Gobierno publicó el Real Decreto 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del Covid-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.

Entre otras cuestiones, esta normativa aprobó la prórroga en la validez de las tarjetas ITV con motivo de la imposibilidad de realizar las inspecciones por la crisis del Covid-19.

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