Dudas sobre las multas que llegan desde Portugal por no abonar los peajes ¿Cómo debemos actuar?

Zamora24horas trata de responder a una pregunta que se hacen los zamoranos que durante estos meses están recibiendo la notificación de multas desde el país vecino por no abonar el precio de los peajes en las carreteras.

08 oct 2021 - 09:20
Peajes en Portugal
Peajes en Portugal

A menudo, zamoranos que acuden a Portugal no abonan los peajes en las carreteras, a veces por desconocimiento y a veces creyendo que no serán sancionados. No obstante, en muchas ocasiones esas multas acaban llegando, aunque sea con algunos meses o años de retraso. ¿Cómo debemos actuar si recibimos una multa de estas características? Zamora24horas se ha puesto en contacto con el despacho Hernández Bernal Abogados, ubicado en Zamora capital, para aconsejar a los zamoranos que se encuentren en esta situación.

Desde este despacho de abogados apuntan que las multas por peajes de las autovías lusas son deudas con tratamiento tributario que prescriben a los dos años si son anteriores a 2012 o a los cinco años si son posteriores a esa fecha. Es decir, si pasado ese plazo desde que viajamos la última vez al país vecino y no hemos recibido un requerimiento en legal forma, desaparece la deuda.

El pago de los peajes en Portugal es obligatorio, por lo que las sanciones por no hacerlo son totalmente legales. Por esta razón, lo más recomendable siempre que se viaje es pasar previamente por los puntos de control habilitados para recoger el ticket o, posteriormente, introducir los datos del vehículo en las páginas web de la concesionaria y automáticamente nos calcula el coste en función del trayecto realizado.

No obstante, si no se ha hecho nada de lo anterior, llegarán las reclamaciones por supuestas deudas por peajes. El problema viene con el procedimiento para su reclamación, puesto que las cartas que están siendo enviadas a los domicilios de los españoles lo son por empresas o despachos de abogados privados y mediante correo ordinario. 

Desde Hernández Bernal abogados apuntan que este tipo de notificaciones son “totalmente irregulares” puesto que “en primer lugar deben ser las autoridades lusas por sí mismas o a través de las españolas quienes lo hagan. En segundo lugar, porque al ser por correo ordinario no dejan constancia de sus recepción -podemos negar haberla recibido- y no interrumpen la prescripción de la deuda”.

La principal recomendación ante este tipo de reclamaciones que suelen ser de escasa cuantía es que no se pague nada y esperar a que lo hagan en legal forma mediante una autoridad o con la interposición de un monitorio. En caso de que llegue la reclamación de la deuda por un procedimiento monitorio tendremos 20 días hábiles para el pago voluntario sin recargos ni intereses. También cabe la posibilidad de que nos opongamos y será entonces en el juzgado donde se dirima si es o no procedente la reclamación.

Cuestión aparte es qué ocurriría si estando en territorio luso nos paran y comprueban que existe una deuda asociada a la matrícula de nuestro coche, pues en ese caso dependemos de lo que decida la autoridad portuguesa, quien puede llegar incluso a inmovilizar el vehículo hasta el abono de la deuda. No obstante, es algo bastante improbable tratándose de deudas de escasa cantidad.

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