Local

Amplían las prórrogas obligatorias o tácitas de los contratos de alquiler y la moratoria de las rentas de alquiler de vivienda

A través de un nuevo Real Decreto-ley que incluye la ampliación, hasta el final del actual estado de alarma, de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública.

Zamora, la provincia de la región donde más sube el precio del alquiler

El Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión de hoy, un RealDecreto-ley que recoge la extensión de determinadas medidas de“escudo social” de los arrendatarios de vivienda en situación devulnerabilidad, que fueron incluidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentescomplementarias en el ámbito social y económico para hacer frente alCOVID-19. 

De esta forma, con la aprobación de este Real Decreto-ley, se amplíahasta el próximo 9 de mayo de 2021, fecha de finalización del actualestado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 deoctubre y prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta,cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en lostérminos establecidos en el referido Real Decreto-Ley 11/2020, conobjeto de atender a determinadas situaciones de vulnerabilidad quepuedan producirse más allá del 31 de enero, actual fecha definalización del referido plazo.

Todo ello como consecuencia de la situación derivada de la evoluciónde la pandemia, y tratándose de una medida que no afecta a pequeñospropietarios de vivienda. 

Además, el nuevo Real Decreto-ley amplía hasta esa misma fecha del9 de mayo de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda quepueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en losmismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que nose hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que elpropietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de lavivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condicionesestablecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre,de Arrendamientos Urbanos.

Medidas de carácter urgente

Se trata de medidas de carácter urgente, necesarias para responder ala situación de los hogares en situación de vulnerabilidad en el contextode la evolución de la pandemia, que se suman a las medidas decarácter estructural que se están llevando a cabo en materia devivienda por Mitma. 

Entre estas medidas, encaminadas a reforzar el ejercicio del derecho auna vivienda digna y adecuada, cabe citar el desarrollo de unalegislación estatal en materia de vivienda por primera vez en la etapademocrática, las diferentes medidas llevadas a cabo para favoreceruna mayor oferta de vivienda a precios asequibles, que se hanconcretado en diferentes acuerdos con diferentes Administracionesterritoriales para incrementar el parque social de vivienda, así como lasactuaciones encaminadas a la rehabilitación y mejora del parque devivienda, sustentado todo ello en un incremento sin precedentes de lainversión presupuestaria en este ejercicio 2021.

¿Quieres hacer un comentario?