La Junta otorga tres canales de televisión digital terrestre en la provincia de Zamora

Blas Herrero, el dueño de Kiss TV, y la empresa zamorana Cyspro Media SLU han solicitado las licencias.

La Junta de Castilla y León ha preadjudicado tres licencias de Televisión Digital Terrestre (TDT) local en la provincia de Zamora. Una de ellas, y quizás la más llamativa, es la adquirida por el empresario asturiano Blas Herrero, dueño de Kiss FM. Herrero tendrá presencia en las nueve provincias de Castilla y León, según la información publicada días atrás por el elDiario.es.

Además de esta licencia, para emitir en toda la provincia y que haría competencia a la única televisión local existente, La8 Zamora, la Junta ha preadjudicado dos licencias más. Las dos para el grupo empresarial zamorano Cyspro Media SLU, que actualmente cuenta con medios como Televisión Benavente o Benavente Digital. En este sentido, Cyspro Media SLU recibe dos licencias para dos frecuencias, una para Benavente y otra para Zamora.

Hay que recordar que la Junta de Castilla y León convocó el concurso en junio de 2019 con 63 licencias y la presentación de ofertas se prorrogó hasta septiembre de 2020. De las 63 en juego, 39 han quedado desiertas. En Zamora únicamente han sido tres las ofertas presentadas que han pasado el corte. No obstante, hay que apuntar que esto se trata de una preadjudicacción y no será definitivo hasta que las empresas demuestren que iniciarán la actividad para la que han solicitado la licencia.

Para acceder al concurso había que presentar un proyecto de programación, entre otras cosas. Así, entre los criterios que se valoran está esa propuesta de programación, la producción propia de programas y la emisión de contenidos relacionados con los municipios de la demarcación de la licencia a la que se opta.

Las nuevas licencias que ha otorgado la Junta podrán explotarse durante 15 años. Entre las obligaciones de los adjudicatarios están el cumplimiento del horario mínimo al que se hayan comprometido en su solicitud de participación en el concurso, que establece un mínimo de emisión en todas las demarcaciones de siete horas diarias y cincuenta semanales. En esas horas mínimas no pueden computar emisiones meramente repetitivas o, en su caso, las consistentes en imágenes fijas, ni los tiempos dedicados a publicidad, televenta y a juegos y concursos promocionales, incluidas las emisiones consistentes en consultas y juegos a distancia en directo con participación del público. Además, los adjudicatarios están obligados a disponer de los estudios de producción en un municipio del ámbito de cobertura de la demarcación correspondiente a la licencia durante toda su vigencia.

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