El Juzgado confirma la sanción a Iberpark por incumplir la contratación de trabajadores en los aparcamientos de la Constitución y San Martín

La sanción asciende a 24.000 euros, más los 600 euros de costas del proceso.

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zamora ha fallado a favor del Ayuntamiento confirmando la sanción impuesta a la empresa Iberpark S.A., concesionaria de los aparcamientos subterráneos de la plaza de la Constitución y el parque de San Martín, por el incumplimiento en la contratación de trabajadores para mantener el servicio presencial las 24 horas del día; así como por la incorrecta señalización y guiado de los conductores hacia las plazas libres disponibles.

A mediados del pasado año el Ayuntamiento impuso una penalización de 24.000 euros a la concesionaria por mantener durante el turno de noche a un único trabajador para ambos estacionamientos, en claro incumplimiento de los pliegos de condiciones, que establecen dos lotes con licitaciones separadas para cada aparcamiento y la obligatoriedad de contar cada uno de ellos con "un trabajador las 24 horas del día los 365 días del año".

En la sanción se incluye también la deficiencia observada en el sistema de guiado a las plazas libres, que el adjudicatario suple con las pantallas que indican el nivel de ocupación, mientras se exige la existencia de una indicación luminosa en las plazas disponibles.

Tras desestimar el propio Ayuntamiento las alegaciones presentadas por la concesionaria, la empresa recurrió en vía judicial argumentando "falta de motivación" en la resolución sancionadora y "falta de proporcionalidad" en la cuantificación de la sanción; pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora da la razón en su actuación al Consistorio, al considerar que "los pliegos de condiciones son la ley del contrato", y en dichos contratos se exige que haya una persona permanentemente en cada parking y no una "videovigilancia a distancia".

Y respecto al guiado y señalización de las plazas en el pliego se especifica que tiene que haber "un testigo luminoso en todas las plazas indicando si están libres o no...y dicho testigo no existe", según se constata en la resolución judicial. La magistrada condena además en costas de 600 euros a la recurrente.

Desde el Ayuntamiento se considera importante este fallo, especialmente porque vela por el cumplimiento de las condiciones de contratación de personal, que muchas veces las empresas concesionarias pretenden restringir al máximo, cuando están prestando un servicio público y se nutren de fondos de las administraciones públicas.

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