¿Te amenazan con incluirte en una lista de morosos? ¿Ya has sido incluido en un registro y no sabes cómo salir de esa situación? Te damos las claves para conseguirlo.

¿Qué son los registros de morosos?

Los ficheros, registros o listas de morosos son Sistemas de Información Crediticia (ASNEF, RAI, CCI...): el usuario que aparece inscrito en ellas no es una persona fiable financieramente, no es solvente. Las empresas de todo tipo los consultan, con lo que ser incluido en uno de estos ficheros puede afectar  mucho a un consumidor, haciendo que, por ejemplo, le nieguen una tarjeta de crédito, no pueda comprar ni siquiera contratar unos servicios.

La inclusión en un fichero de morosos o de solvencia patrimonial es una práctica habitual como medida de presión para reclamar una deuda

¿Cuándo pueden incluirte en un fichero?

  • Cuando tengas una deuda “cierta, vencida y exigible”, es decir, tiene que ser una deuda real, que se debió pagar en una fecha pasada con la que no se ha cumplidid, por lo que pueden reclamarla.
  • Esa deuda debe ser de más de 50 euros. No pueden incluir en la lista de morosos a quienes deban menos de 50 euros.
  • Tampoco pueden incluirte si la deuda está discutiéndose en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral.
  • Es preciso que en el momento de contratar el bien o servicio (o en el momento de pedirte el pago) te hayan advertido de la posibilidad de acabar en un registro de morosos si no cumplías.
  • Los datos del deudor los debe de suministrar el acreedor o quién lo hace por su cuenta o interés.
  • El plazo máximo de estancia de los datos en el fichero es de hasta cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación que ha causado la deuda.

Si te incluyen, te vas enterar

Deben avisarte de que puedes acabar en el fichero si no pagas alguna cantidad (indicándolo en el contrato, o bien mediante un requerimiento formal para pagar en un plazo determinado, aclarando que si lo incumple serás incluido en el fichero). Pero además, si la empresa a quien debes dinero te acaba inscribiendo como moroso, el propio fichero está obligado a informarte en no más de 30 días de que ha sido incluido de quién es el acreedor y cuál es el importe que te reclama, así como de cuáles son los derechos que te asisten, que son los derechos ARCOL (de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento).

Entre esos derechos está el que durante un plazo de 30 días el fichero debe mantener sus datos ocultos o bloqueados, es decir, invisibles para las personas y entidades autorizadas a consultarlo

Qué hacer para salir del fichero de morosos

Si es un error

En muchas ocasiones la inclusión se ha realizado por error, o la deuda no es real, o no se cumplen los requisitos para la inscripción en el fichero (está en juicio o pendiente de arbitraje, la cuantía es menos de 50 euros, etc). o bien se trata de un caso de suplantación de personalidad... Esa deuda no existe, pero te han apuntado. ¿Qué haces?

  • Debes solicitas la baja al titular del fichero en cuanto te avisen de la inclusión.
  • El titular del fichero debe responder en 10 días.
  • Si no te responden, debes denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): este organismo abrirá un expediente que puede concluir en sanciones para la empresa acreedora y la gestora del fichero.
  • Además, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados por una incorrecta inclusión.

Si reconoces la deuda

Ese es el procedimiento si es un error. Si no lo es, y reconoces la deuda tras la notificación de la inclusión en el registro:

  • Paga la deuda cuanto antes y pide justificantes del abono.
  • Tienes derecho a que eliminen tus datos del fichero. Solicita que te den de baja en la lista de morosos: pídelo al titular con el DNI y la copia del pago (en realidad, el acreedor que te apuntó en el fichero es quien debería, nada más cobrar, sacarte, pero así te aseguras). Es el derecho de Cancelación.

Si no puedes pagarla

Si no puedes pagar, tendrás que sufrir las consecuencias de estar en el fichero, pero no indefinidamente. Pasados cinco años a contar desde la fecha en que debiste haber pagado, el fichero debe borrar la inscripción. Como siempre, más vale cerciorarse de que lo hacen.

Ah, y ten en cuenta que ni los acreedores, ni las empresas de recobros pueden extorsionarte, ni amenazarte con llamar a tus familiares, vecinos, al trabajo para contar la situación: la AEPD puede sancionarles. 

Evita las deudas que no puedas afrontar

En cualquier caso, lo mejor es intentar que no te incluyan en un registro (hay muchos, no solo el de Asnef, Badexcuf, Cirex, Fichero de Inquilinos Morosos...).

Si vas con el agua al cuello, si los pagos te sobrepasan, si has caido en una espiral de deuda o de crédito... antes de dejar de pagar, tarta de negociar los pagos: alargando los plazos de devolución, con reintegros parciales, etc. Evita el sobreendeudamiento siempre que sea posible.

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JPG - Salir de un registro de morosos, paso a paso

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