Las nuevas elecciones ya son una realidad que se materializará el próximo mes de julio. Un lapso de tiempo en el que la propaganda electoral inundará de nuevo a los ciudadanos en las calles, los medios de comunicación, las redes sociales e incluso en su propia casa. Los buzones volverán a llenarse de las propuestas de los diferentes partidos casi a diario.
La buena noticia de cómo librarse de ella llegada de la mano de la Ley Electoral aprobada en diciembre de 2018. El artículo 39 de esta Ley prevé que "serán atendidas las solicitudes de los electores que se opongan a su inclusión en las copias del censo electoral que se faciliten a los representantes de las candidaturas para realizar envíos de propaganda electoral" si se presenta la solicitud antes del decimotercer día desde que se convocan nuevas elecciones.
Así, quienes realicen esta solicitud hasta el 12 de junio no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones, de acuerdo a lo establecido en el cambio legislativo llevado a cabo en diciembre de 2018. Las solicitudes posteriores a 12 de junio tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.
La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con el sistema Cl@ve, en la Sede electrónica del INE o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE.
En estas elecciones el procedimiento de entrega de las copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas que las soliciten será mediante descarga en un portal del INE. Como requisito, en la solicitud de las copias deberán aportar dos cuentas de correo electrónico que se utilizarán para enviar a la candidatura información del portal y las contraseñas para acceso a los ficheros y la apertura de los mismos.
Las tarjetas censales se enviarán a partir del 26 de junio en la que se informará de la mesa y el local electoral donde vota el elector.
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