La formación permanente del profesorado es el conjunto de actuaciones y actividades, dirigidas a los docentes de enseñanzas no universitarias, que promueve el perfeccionamiento, la actualización y la mejora continua en el desempeño de sus funciones y el desarrollo de sus competencias profesionales. Hasta ahora, un decreto de 2002 regulaba la organización y funcionamiento de los centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, siendo estos los núcleos de la formación permanente del profesorado, cuya misión es facilitar a los docentes la renovación y actualización metodológica. En este momento, la Consejería de Educación considera necesaria esta nueva regulación y el impulso de un modelo de formación encaminado al desarrollo personal y profesional del profesorado y que a la vez responda a los requerimientos de la sociedad actual.

En este modelo de formación, la actualización y desarrollo de competencias profesionales deberá realizarse fundamentalmente en el centro educativo que será el eje de la formación permanente del profesorado. Como complemento a la formación en los centros docentes, se potencia la implantación de los centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, dentro de sus ámbitos de actuación, redefiniendo y ampliando sus funciones, de forma que se transformen en centros de apoyo al profesorado en sentido amplio, favoreciendo su presencia en los centros educativos y el acercamiento a éstos de los recursos formativos, los materiales didácticos y los programas educativos.

Por otro lado, se incluye en la formación permanente del profesorado las múltiples posibilidades que ofrecen en la actualidad las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), ampliando la oferta educativa presencial con formación a distancia, para atenuar los problemas de la dispersión geográfica y la disponibilidad horaria del profesorado. Asimismo, se establecen procesos de evaluación del aprendizaje, para la mejora constante de la actividad docente, así como potenciar la investigación y la innovación como medio de continuo crecimiento en favor de la calidad educativa.

En la redacción del proyecto de decreto se ha contado con la participación de expertos en la materia, de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, de las direcciones provinciales de Educación, de los CFIE, y de las universidades, además de contar con la colaboración de profesores, directores de centros docentes y responsables de formación. Así mismo, aportaron ideas y sugerencias representantes de las organizaciones sindicales públicas y de la patronal concertada.

El decreto consta de una parte expositiva, 30 artículos agrupados en seis capítulos, una disposición derogatoria, y dos disposiciones finales.

Finalmente, el Consejo Escolar de Castilla y León emitió un dictamen positivo de esta regulación. Asimismo, el texto fue facilitado a los ciudadanos a través del canal de participación ‘Gobierno Abierto’, donde se recibieron 16 opiniones al respecto, ninguna de las cuáles ha supuesto modificación en el decreto, por estar ya recogidas, por ser objeto de normativa de desarrollo posterior o por no ser objeto de esta normativa.

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