Prevén ampliar por decreto el permiso por paternidad a 8 semanas en 2019 y progresivamente a 16 en 2021

El Gobierno de Pedro Sánchez tiene previsto ampliar el permiso por paternidad hasta las 16 semanas en 2021, equiparándolo así al permiso por maternidad, a través de un Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo.

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 Maternidad paternidad
Maternidad paternidad

La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Igualdad, Carmen Calvo, ya avanzó que el Ejecutivo quiere "rescatar" a través del real decreto las medidas de la Ley de Igualdad Laboral. Fuentes de Vicepresidencia han confirmado a Europa Press que está previsto que vaya al Consejo de Ministros del próximo viernes, 1 de marzo, si bien han subrayado que el texto definitivo "no está cerrado". Una vez aprobado la medida entrará en vigor tras su publicación en el B.O.E, aunque el texto deba ser convalidado posteriormente por el Congreso.

El borrador del decreto ley al que ha tenido acceso Europa Press señala que esa ampliación del permiso por paternidad se hará de manera gradual, tal y como el Gobierno siempre ha planteado. Su intención siempre ha sido pasar de las cinco semanas de permiso actuales a ocho semanas en 2019; a 12 semanas en 2020; hasta finalmente llegar a las 16 en el año 2021, igualándolos al de maternidad.

También irá reduciendo las semanas que la madre biológica podrá ceder al otro progenitor/a: en 2019 la madre podrá ceder hasta cuatro semanas; en 2020 podrá ceder hasta dos semanas; hasta que en 2021 esa cesión se anule al equiparse los permisos.

SEIS SEMANAS OBLIGATORIAS PARA EL PADRE TRAS EL PARTO

En el borrador se propone una reforma del Estatuto de los Trabajadores en la que se incluye que "el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas", de las que "serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto", a disfrutar "a jornada completa".

Más adelante especifica que, a partir de la entrada en vigor de esta ley, "el otro progenitor/a contará con un periodo de suspensión total de ocho semanas", de las cuales las seis primeras, deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. Asimismo, precisa que la "madre biológica podrá ceder al otro progenitor/a un periodo de hasta cuatro semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio".

Seguidamente, el borrador del real decreto-ley señala que, partir de 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento el otro progenitor/a "contará con un periodo de suspensión total de doce semanas", de las cuales las seis primera deberán disfrutarse de forma initerrumpida inmediatamente tras el parto. Respecto a la cesión por parte de la madre biológica, podrá ser de "hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio".

El texto recoge por último que, a partir del 1 de enero de 2021, cada uno "disfrutará de igual periodo de suspensión del contrato de trabajo". Las seis primeras semanas deberán disfrutarse "de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto".

En el cualquier caso, si ambos progenitores deciden disfrutar de los permisos de manera equitativa éstos se ampliarán en una semana cada uno.

El decreto ley también incluye una disposición transitoria tercera que recoge la aplicación progresiva del permiso de paternidad para empleados públicos

El Gobierno argumenta en el borrador del texto que el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral "debe regularse de tal forma que garantice la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, quedando prohibido cualquier trato discriminatorio directo".

PLANES DE IGUALDAD EN EMPRESAS DE 50 TRABAJADORES

El borrador del real decreto ley plantea la modificación de la citada Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres para extender la exigencia de redacción de los planes de igualdad a empresa de más de cincuenta trabajadores. Actualmente lo son para las compañías con más de 250 trabajadores.

También recoge medidas contra la brecha salarial de género, como que el empresario "está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella".

Asimismo, establece que "el empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor".

En el borrador se justifica la puesta en marcha de esta iniciativa para "remarcar el derecho de los trabajadores a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral". "Esta situación de desigualdad insoportable e injustificable exige una actuación urgente y necesaria por parte del Estado, puesto que la mitad de la población está sufriendo una fuerte discriminación y está viendo afectados sus derechos fundamentales", apunta.

"Un mayor retraso, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, conllevaría un daño de difícil reparación que no puede ser asumido por una sociedad moderna como la española", alega el Gobierno en el borrador al que ha tenido acceso Europa Press.

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