Sanidad crea una Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental en Zamora

 CCOO denuncia recortes sanitarios con la implantación de las Unidades de Gestión Clínica
CCOO denuncia recortes sanitarios con la implantación de las Unidades de Gestión Clínica

El Boletín Oficial de Castilla y León publica este miércoles la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se crean Unidades de Gestión Clínica y se determina la composición de los Comités Clínicos. En el caso de Zamora, Sanidad crea una Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental constituida por el Servicio de Psiquiatría y Salud Mental, las Unidades de hospitalización psiquiátrica (hospitalización de agudos, rehabilitación psiquiátrica y convalecencia) todas ellos del Complejo Asistencial de Zamora, los Equipos de Salud Mental de los distritos I, II y III y el Equipo de Salud Mental Infanto-juvenil todos ellos del área de Zamora.

Cada Unidad de Gestión Clínica creada por la presente orden comenzará su funcionamiento una vez que se haya designado al director o directora y, en su caso, al coordinador de enfermería y a los responsables de las Unidades Funcionales y se haya constituido el Comité Clínico. La actividad y los resultados serán evaluados al finalizar cada ejercicio anual y al completar el período de funcionamiento de cuatro años. Así, determinarán la continuidad, modificación o supresión de la correspondiente Unidad de Gestión Clínica.

Los profesionales que opten por formar parte de las Unidades de Gestión Clínica constituidas al amparo de la presente norma formalizarán su participación en la Unidad de Gestión Clínica correspondiente, ante la Gerencia del centro o institución sanitaria en el plazo de quince días a contar desde la entrada en vigor de la presente orden. A los profesionales que no formen parte continuarán desempeñando su puesto de trabajo bajo el régimen de organización y dependencia funcional actual.

ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN CLÍNICA DE SALUD MENTAL

La Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental del Complejo Asistencial de Zamora se organiza en:

1. Dirección de la Unidad de Gestión Clínica

2. Coordinación de enfermería de la Unidad de Gestión Clínica

3. Unidades Funcionales:

a) Unidad Funcional Clínica de Hospitalización

b) Unidad Funcional Clínica de Atención Ambulatoria

c) Unidad Funcional de Atención Infantojuvenil

d) Unidad Funcional de Enfermería de Hospitalización

e) Unidad Funcional de Enfermería en Atención Comunitaria

4. El Comité Clínico con la siguiente composición:

• Presidente: El Director de la Unidad de Gestión Clínica

• Vocales natos:

– El Coordinador/a de Enfermería

– El responsable de la Unidad Funcional Clínica de Hospitalización

– El responsable de la Unidad Funcional Clínica de Atención Ambulatoria

– El responsable de la Unidad Funcional de Atención Infantojuvenil

– El responsable de la Unidad Funcional de Enfermería de Hospitalización

– El responsable de la Unidad Funcional de Enfermería en Atención Comunitaria

• Vocales por designación: máximo 3

• Secretario: un integrante de la Unidad de Gestión Clínica designado por el Director de la misma.

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