Seguro obligatorio para perros: denuncian falta de claridad

Faltan 10 días para la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal

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 Perro 3
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A 10 días de la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023 avisa de que algunas obligaciones no serán aplicables hasta que se desarrolle el Reglamento.

La decisión genera confusión sobre el alcance de la cobertura del seguro de responsabilidad civil para perros. Como prevención, OCU aconseja a los dueños sin un seguro específico contactar con su actual aseguradora del hogar y pedir un suplemento para que conste la cobertura que ya tiene por defecto, además de ampliarla a cualquier cuidador del animal.

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Hasta ahora, solo los dueños de un perro de una raza potencialmente peligrosa, además de los residentes en comunidades como Madrid y País Vasco, estaban obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil para su perro. Pero desde el próximo 29 de septiembre ya no serán solo ellos: ese día entra en vigor la Ley de Bienestar Animal, que obliga a contratarlo a todos los dueños de un can, dejando en el aire la cobertura que, para los daños que causara el animal, ofrecía el seguro de responsabilidad civil privada habitualmente incluido en la póliza del hogar.

Y es que desde el momento en que el seguro pasa a ser obligatorio, las aseguradoras de responsabilidad civil privada podrían interpretar que queda anulada su cobertura. Con el riesgo que ello comporta para el dueño de un perro que causara daños a otras personas, animales u objetos, ya que podría terminar asumiendo parte o todo el coste de la responsabilidad civil. Un riesgo que se extiende además a la víctima en el caso de que el dueño no sea solvente.

La falta de un Reglamento que defina el alcance de la nueva ley es la causa principal de esta confusión. Una imprecisión que persiste con el ambiguo anuncio del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023, realizado 10 días antes de la entrada en vigor de la ley, avisando de que “en puridad de términos jurídicos, no resulta efectivamente aplicable hasta que se desarrolle el Reglamento”, responsabilidad del propio Ministerio.

Como prevención, OCU insta a todos aquellos dueños que no tengan ya contratado un seguro obligatorio, a ponerse en contacto con su aseguradora del hogar o de responsabilidad civil con el fin de verificar que su animal sigue cubierto con la nueva ley. Debe pedirse un suplemento para que conste la cobertura (probablemente pidan que se identifique al perro) y que además se adapte al requisito de la nueva norma, que amplía la cobertura a cualquier persona que se haga cargo del animal. A OCU le consta que algunas compañías lo están haciendo sin cobrar una sobreprima por emitirlo. Si su aseguradora no lo hace así, considere cambiar de seguro al próximo vencimiento. Mientras tanto, lo más prudente es optar, bien por pagar ese suplemento (si ofrecen esta opción), bien por contratar una póliza específica por el capital más alto posible. En este último caso y por dar un rango de precios orientativo, para un capital de 300.000 euros en responsabilidad civil, la prima anual oscilaría entre 50 y 90 euros, con una franquicia que va de 150 a 300 euros.

En cuanto al futuro Reglamento, OCU exige que se concrete lo antes posible, al tiempo que considera vital que se iguale el capital de responsabilidad civil de un perro al del seguro de un automóvil, también en la norma para razas potencialmente peligrosas, donde el mínimo solo llega a 120.000 euros en la norma estatal. Porque, aunque la probabilidad de un accidente grave sea menor que con un coche o una moto, las consecuencias pueden ser las mismas. Otros desarrollos pendientes e importantes son: la lista de animales que pueden ser considerados mascotas, la periodicidad y el tipo de cuidados veterinarios o las condiciones del curso para los dueños de los nueve millones de perros registrados en nuestro país.

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