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Solicitarán la suspensión del proceso electoral de la Cámara de Comercio de Zamora como medida cautelar

El administrador de una empresa candidata a las elecciones a la Cámara de Comercio da a conocer las nuevas decisiones que han tomado

Cámara de Comercio de Zamora

Tras presentar un recurso administrativo contra la proclamación de candidatos del grupo B a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zamora, el administrador y representante de la empresa Primar 1999 S. L., Emilio Prieto, como empresa candidata en el proceso electoral a la Cámara, y trascurridos los cinco días hábiles improrrogables preceptivos para resolver por parte de la Administración, art.26 Real Decreto 669/2015, y no habiendo recibido contestación, Primar 1999 SL ha dado a conocer las nuevas decisiones que ha tomado:

1. Interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativo de acuerdo con lo establecido en el art.7 de la Ley 8/2018 por la que se regulan las Cámaras de Comercio de Castilla y León, con una doble finalidad:

a. Solicitar, como medida cautelar, la suspensión del proceso electoral, por entender que de continuar con el mismo se pueden producir perjuicios de imposible o difícil reparación.

b. Solicitar la anulación del acto de proclamación de las candidaturas de los representantes de las empresas seleccionados para ser vocales del GRUPO B, D. José María Esbec Hernández y Farmacia Sánchez Prieto CB, designación por parte de la organización intersectorial CEOE Zamora, por entender que no cumplen con los criterios de “reconocimiento de la trayectoria de dichas empresas y personas fuera de la circunscripción de la Cámara a la que pertenezcan” y de “contribución de dichas empresas y personas a la innovación en el ámbito empresarial de la demarcación de la Cámara a la que pertenezca”, como queda recogido en la Convocatoria de las Elecciones a las Cámaras de Comercio de Castilla y León.

2. Solicitar a la Junta Electoral que se haga pública la documentación que debe acompañar la propuesta de cada uno de los candidatos propuestos por la organización intersectorial CEOE Zamora, que debe constar de “una descripción de los méritos que la justifiquen y de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos” como establece la Resolución de 29 de marzo de 2022 de la Dirección General de Comercio y Consumo de la Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León por la que se convocan las elecciones a las Cámaras de Comercio de Castilla y León.

Todas estas medidas se toman para preservar la legalidad de la convocatoria electoral a la Cámara de Comercio de Zamora y por considerar que, aparte de una ilegalidad manifiesta, la designación de los candidatos propuestos por la CEOE Zamora supone una irresponsabilidad, una falta grave de criterio y el reflejo de la forma de actuar de los actuales dirigentes de CEOE Zamora, es decir, impedir la participación de los empresarios de la provincia de Zamora en la toma de decisiones que se traduce en un alejamiento del conjunto de los empresarios de esta organización con la consiguiente pérdida real de representatividad entre las empresas zamoranas.

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