El Tribunal Supremo obliga a los médicos a jubilarse al llegar a 65 años

Respalda la legislación de la Junta de Castilla y León y deja sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que abría la posibilidad de prolongar la vida laboral de forma general hasta los 70 años. Sólo abre la puerta a casos excepciones como los de los liberados sindicales

Los médicos no podrán trabajar más allá de los 65 años de edad. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo de 22 de diciembre que deja sin efecto el fallo de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que permitió a los facultativos prolongar su vida laboral hasta los 70 años.

Según informa el sindicato médico CESM, al Alto Tribunal “reconoce al gerente regional de Sacyl su competencia para comunicar al médico el cese de la actividad y, además, permite que esta decisión no venga suficientemente motivada, pues admite que el plan de ordenación contiene los razonamientos suficientes sin necesidad de concretar cada caso. De este modo, rechaza los dos argumentos principales con los que la Sala de Valladolid admitía la prórroga en el servicio activo”.

De esta forma, el Tribunal Supremo respalda la legislación de la Junta de Castilla y León, dejando sólo la puerta abierta a que los médicos puedan prolongar su vida laboral más allá de los 65 años si son liberados sindicales. Una legislación que fue recurrida por CESM Salamanca, obteniendo la razón en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, pero perdiéndola definitivamente en el Alto Tribunal.

Y es que ya hace casi un año el Supremo avaló el Plan de Ordenación de Recursos Humanos en materia de prolongación del servicio activo al rechazar en su totalidad el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Castilla y León.

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