FACUA denuncia a cuatro festivales por cobrar un importe adicional al precio de la entrada como "gastos de gestión"
Se trata del Caudal Fest, el Jardín de las Delicias, el Extremúsika y el Brava Madrid. Anteriormente, la asociación ya había denunciado al Madrid Salvaje por el mismo motivo
Consumidores en Acción ha denunciado a los festivales de música Caudal Fest, Jardín de las Delicias, Extremúsika y Brava Madrid por cobrar un importe adicional separado del precio base de la entrada en concepto de “gastos de gestión”. Las denuncias han sido presentadas ante las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas donde tienen su sede social las promotoras de los eventos.
Se trata de la misma irregularidad por la que la asociación ya denunció al Madrid Salvaje el pasado mes de septiembre. Los cuatro festivales ahora denunciados también incluyen en sus procesos de venta de entradas un gasto extra por la “gestión” de la compra. Así, el festival Jardín de las Delicias añade un 10% al precio de la entrada por este concepto, por lo que cobra una cantidad diferente dependiendo del precio de la entrada que se adquiere.
Mismo porcentaje aplican también el Extremúsika, el Madrid Brava y el Caudal Fest —cabe recordar que este último ha sido multado recientemente con solo 7.500 euros por cobrar gastos de gestión en la devolución del dinero no consumido de las pulseras cashless en su edición de 2023, infracción en la que ha incurrido este año por la que ha sido también denunciado por FACUA—.
En este sentido, la asociación entiende que los gastos de gestión son parte de los costes operativos de la actividad empresarial, y que ya de por sí son cargados al consumidor en el precio de venta de una entrada. Sin embargo, la organizadora del festival aplica estos gastos sin prestar ningún servicio al consumidor.
Es inherente a toda actividad empresarial repercutir todos o parte estos de los costes del servicio que presta, pero imputándolos al precio final. Lo que no se puede es repercutir parte de dichos costes operacionales bajo el concepto de “gastos de gestión” cuando la adquisición online de una entrada es un proceso automático y autónomo en el que no hay nada que gestionar.
Qué dice la ley
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una nota en la que deja claro cuáles son los requisitos que deben de cumplir, en caso de existir, los recargos o costes adicionales durante la adquisición de entradas para espectáculos públicos. Asimismo, FACUA interpreta que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, recoge que dichos gastos deben referirse exclusivamente a servicios concretos distintos a la simple venta de la entrada que reciban los consumidores, ya que deben estar incluidos en el precio final que se muestra.
Además, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 se ha pronunciado públicamente sobre esta cuestión, afirmando que en el caso de que los costes no estén correctamente reflejados en la información facilitada, el consumidor no tendrá la obligación de abonar dichos gastos o costes. Además, para un mismo evento o espectáculo, los costes adicionales no pueden variar en función del precio de la entrada, ni ser un tanto por ciento del precio de la misma —como así ocurre en los festivales denunciados, ya que todos añaden un 10%—. De este modo, FACUA entiende que los asistentes a cualquiera de estos cuatro festivales no deberían haber pagado este gasto adicional, por lo que ahora tienen derecho a solicitar el reembolso.
FACUA señala a todos los usuarios que hayan tenido que pagar este concepto en alguno de los eventos a los que hayan asistido que pueden acudir a la asociación para que valore su caso y realice acciones en defensa de sus derechos.
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