La OMC defiende el derecho de los médicos a la objeción de conciencia frente al aborto

La Organización Médica Colegial (OMC) reafirma que la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios es un derecho fundamental

13 oct 2025 - 12:19
Ecografía a una paciente embarazada
Ecografía a una paciente embarazada

La OMC ha subrayado este lunes que la objeción de conciencia es un derecho individual al que pueden acogerse los médicos cuando consideran que una ley o mandato contraviene sus convicciones éticas o religiosas. La organización ha insistido en que la disponibilidad y accesibilidad de los servicios de salud debe gestionarse a través de la organización sanitaria, no imponiéndose a los profesionales.

El organismo recuerda que la objeción de conciencia cuenta con protección constitucional y respaldo de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, así como del Código de Deontología Médica, que establece que los médicos pueden eximirse de realizar actuaciones que entren en conflicto con sus convicciones éticas.

En referencia a la creación de registros de objetores, la OMC destaca que los datos de los médicos objetores deben mantenerse bajo estricta confidencialidad, accesibles únicamente a las autoridades sanitarias responsables de la planificación asistencial. La organización cita la sentencia 151/2014 del Tribunal Constitucional, que avala la existencia de estos registros siempre que su finalidad sea exclusivamente organizativa y se respete la privacidad de los profesionales.

La OMC también recuerda que ningún profesional puede sufrir represalias, discriminación o perjuicio por ejercer este derecho, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2023. Además, apunta al Reglamento General de Protección de Datos de la UE, que califica los datos sobre convicciones éticas, morales o religiosas como especialmente protegidos.

Desde el punto de vista deontológico, el Código de la OMC establece que la objeción de conciencia debe manifestarse de forma clara y anticipada, y que las instituciones deben respetar y proteger al médico objetor, evitando cualquier forma de coacción o menoscabo.

Por último, la organización resalta que el derecho tiene respaldo constitucional en el artículo 16, que protege la libertad ideológica y religiosa, y garantiza que ningún profesional está obligado a justificar sus motivos personales para ejercer la objeción de conciencia.

Con este posicionamiento, la OMC reafirma su compromiso con la libertad de conciencia, la protección de los datos personales y el respeto a la dignidad del médico, valores que considera esenciales para una práctica médica ética y centrada en el bien común.

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