Sumar reclama que los policías luzcan su identificación ante posibles abusos y el Gobierno dice que ya es obligatorio

La correcta identificación es relevante como "un instrumento para prevenir y sancionar potenciales abusos"

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Agentes de la Policía Nacional
Agentes de la Policía Nacional

Sumar ha reclamado que los agentes de la Policía Nacional luzcan de forma visible su número de identificación cuando visten el uniforme para "prevenir y sancionar potenciales abusos", a lo que el Gobierno ha contestado que este requisito es ya obligatorio de acuerdo a una instrucción del Ministerio del Interior de 2007.

En una respuesta por escrito, consultada por Europa Press, el Gobierno se remite a la instrucción 13/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad que establece "la obligación de llevar sobre las prendas de uniformidad el número de identidad personal, en lugar visible".

"Esta obligación se configura como un derecho de la ciudadanía a identificar a los agentes, en todo momento y sin ninguna acción positiva de demanda por su parte", añade el Ejecutivo.

La respuesta la ofrece el Gobierno a preguntas de Vicenç Vidal, diputado de Sumar, que mencionaba una actuación de agentes de la Policía Nacional el pasado 25 de mayo en una manifestación en Mallorca en la que "resultaba complejo advertir" el número de identificación debido, dice, "a su reducido tamaño".

La correcta identificación, añadía el diputado de MÉS por Mallorca integrado en el Grupo de Sumar, es relevante como "un instrumento para prevenir y sancionar potenciales abusos y, por tanto, para defender los derechos de la ciudadanía, por lo que es imprescindible que sea visible y claro".

VISIBLE A LA DISTANCIA DE RESPETO

En su respuesta, el Gobierno apunta que la identificación se tiene que lucir "en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de respeto --un metro y veinte centímetros aproximadamente-- puedan ser leídas sin dificultad por los ciudadanos".

De acuerdo a la citada instrucción, todos los componentes de la Guardia Civil y de la Policía que vistan uniforme y/o equipo de trabajo, "incluidas aquellas unidades especiales que en la actualidad no portan número identificativo", tienen que llevar en sus prendas de uniformidad el número de identidad personal que corresponda al carné profesional y a la Tarjeta de Identidad Profesional.

Esta exigencia se contempla, además, "con independencia de las divisas, distintivos de destino, título o diploma función o especialidad, permanencia o mérito, así como las condecoraciones".

"En cuanto a las Unidades de Control de Masas", añade el Gobierno en referencia a los 'antidisturbios', "se tomó la decisión de portar un número de identificación colocado en la parte dorsal inferior del chaleco antitrauma ante la dificultad de visualizar el número de identificación personal TIP debido al equipamiento de protección de dotación".

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