Un vacío legal amenaza con frenar las solicitudes de jubilación parcial de los empleados de las administraciones públicas

CSIF exige al Gobierno la regulación inmediata de la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, así como la convocatoria de la mesa general de negociación de las AA.PP. para su desarrollo

 Varias personas con una pancarta durante una concentración del CSIF. EP
Varias personas con una pancarta durante una concentración del CSIF. EP

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, se ha dirigido a la secretaria de Estado de Función Pública, para que se garantice el derecho a la jubilación parcial anticipada al conjunto de los empleados/as de las administraciones públicas.

El sindicato reclama una instrucción antes del 1 de abril con los criterios de aplicación de la nueva regulación establecida en el RDL 11/2024, la regulación inmediata de la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, y la convocatoria de la Mesa de Negociación para su desarrollo. “Ya hay administraciones avisando que no van a aplicar estas jubilaciones ante la falta de criterios”, apunta en su comunicado el sindicato.

CSIF realiza esta petición ante la entrada en vigor, el próximo 1 de abril, del Real Decreto Ley 11/2024, de 23 de diciembre para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo y tras el silencio de las administraciones pese a los requerimientos efectuados por CSIF. La nueva regulación afecta, por un lado, a las personas que se jubilan parcialmente cumplida la edad ordinaria de jubilación y, por otro, a los que se jubilan parcialmente de manera anticipada a dicha edad.

Desde la organización reclaman la aplicación efectiva de este derecho tanto el personal laboral, como funcionario y estatutario de todas las administraciones.

En concreto, reclaman instrucciones claras para el personal laboral (a quien mayoritariamente ya se reconocía el derecho de acceso a la jubilación parcial y parcial anticipada), ya que con la nueva legislación han surgido dudas sobre la forma de compatibilizar la contratación fija y a tiempo completo del relevista con los requisitos exigidos para el acceso al empleo público.

De la misma manera, exigen la regulación inmediata de la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, así como la convocatoria de la mesa general de negociación de las AA.PP. para su desarrollo.

“Se da la circunstancia de que desde la publicación del citado Real Decreto-Ley, varias administraciones, tanto autonómicas como locales ya han manifestado que paralizarán las solicitudes sobre jubilaciones parciales con contrato de relevo, amparadas en una interpretación restrictiva de la norma, señala CSIF y añade que “a la hora de compatibilizar esta modalidad de contrato con la regulación y las garantías de acceso al empleo público”.

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