Aprobadas las bases de las ayudas de 250.000 euros para trabajadores en ERTE en zonas afectadas por los incendios
Se publicarán la próxima semana en Bocyl con el fin de abrir la convocatoria de forma "inmediata"
La Junta ha autorizado en el Consejo de Gobierno las bases para la convocatoria extraordinaria de ayudas a trabajadores en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) en los municipios afectados por los incendios forestales de este verano. Esta línea, destinada a compensar la pérdida de poder adquisitivo, pretende contribuir a sostener la actividad económica y a la recuperación en estas zonas.
Según informan fuentes del Ejecutivo, la próxima semana se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) con el fin de abrir la convocatoria de ayudas de forma “inmediata”.
A esta convocatoria extraordinaria, con una dotación de 250.000 euros ampliables, podrán acceder todos los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo con suspensión de la relación laboral o reducción de jornada, fundados tanto en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, como en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales y localidades afectados por los incendios.
La cuantía de la ayuda será de 10 euros por jornada completa, hasta un límite de 300 jornadas. En los casos de reducción de jornada, se tendrán en cuenta las horas de reducción convertidas a jornadas completas, y en los contratos a tiempo parcial se ajustará la cuantía de la subvención de forma proporcional.
La subvención será compatible con otras ayudas destinadas a la misma finalidad, si bien la suma de las percepciones del trabajador – incluido, en su caso, salario y/o prestación por desempleo – no podrá superar el 100% de su retribución bruta mensual.
Con el fin de que las ayudas lleguen lo antes posible a las personas trabajadoras afectadas, se contempla el anticipo del 50% de la ayuda correspondiente para ERTES de más de 90 días; el 50% restante se liquidará a la finalización del mismo, ajustando la percepción económica al periodo de duración real de la suspensión o reducción de jornada.
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