Benavente obliga al confinamiento de aves de corral por riesgo de gripe aviar
La nueva normativa, derivada de la Orden APA/1288/2025, impone restricciones estrictas para evitar el contagio de influenza aviar
El Ayuntamiento ha hecho público un bando municipal en cumplimiento de la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, que establece medidas obligatorias para la prevención y control del contagio por influenza aviar. Las restricciones afectan tanto a granjas profesionales como a explotaciones ecológicas y de autoconsumo.
La medida principal contempla el confinamiento obligatorio de todas las aves de corral, incluidas las criadas al aire libre, prohibiéndose expresamente su mantenimiento en exteriores. Solo podrá autorizarse esta práctica si se instalan telas pajareras u otros dispositivos que impidan el contacto con aves silvestres y siempre que la alimentación y el agua se suministren bajo refugio.
Además, queda prohibida la cría conjunta de patos y gansos con otras especies de corral, así como el uso de agua procedente de depósitos accesibles para aves silvestres, a menos que haya sido tratada para garantizar la inactivación del virus. Los depósitos exteriores exigidos por razones de bienestar animal deberán estar protegidos adecuadamente.
También se prohíbe la presencia de aves de corral y aves cautivas en ferias, certámenes ganaderos, exhibiciones o celebraciones culturales, con la única excepción de los establecimientos autorizados para la venta de aves de compañía. Las comunidades autónomas podrán permitir concentraciones únicamente si las aves proceden del propio territorio y tras una evaluación de riesgo favorable.
El bando recuerda que el incumplimiento de estas medidas implicará sanciones contempladas en la Ley 8/2003 de sanidad animal, además de posibles responsabilidades civiles o penales.
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