La Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León interpuso conflicto colectivo sobre las cantidades descontadas en la nómina de diciembre de 2012 que afectaban a todos los trabajadores de la en la Enseñanza Concertada, Educación Especial Concertada y Centros de Asistencia y Educación Infantil Concertada, según detallan fuentes del sindicato.
El 10 de marzo de 2014 fue la vista del juicio para el procedimiento ordinario sobre el conflicto colectivo en la Sala de lo Social Número 1 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos.
El Tribunal declara injustificada parcialmente e improcedente la deducción que se les practicó a los trabajadores con motivo de la Orden de 26 de octubre en aplicación del artículo 5 del DL 1/2012 de la Comunidad Autónoma, respecto del complemento en la nómina de diciembre de 2012, en cuanto a la parte proporcional que se hubiere ajustado en el Complemento de Analogía de las cuantías de las pagas extras devengadas hasta la fecha de entrada en vigor del RD 20/2012 y con el derecho correspondiente a que les sean reintegradas las cantidades deducidas, en dicho porcentaje, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 hasta el 20 de agosto de 2012.
Así, la sentencia, que podrá ser recurrida en el plazo de cinco días tras la comunicación a las partes, hace a la Consejería de Educación “responsable del abono de las cantidades deducidas en el porcentaje resultante”, según concluyen las mismas fuentes.
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