La Comisión de Transparencia obliga a la Entidad Local Menor de Santa Marta de Tera a entregar un acuerdo sobre el cementerio eclesiástico

La resolución, emitida por unanimidad, estima la reclamación presentada por la Asociación Las Eras de Santa Marta de Tera y ordena facilitar el acuerdo firmado en 2007

Imagen aérea del camposanto
Imagen aérea del camposanto

La Comisión de Transparencia de Castilla y León ha dictado una resolución ejecutiva y vinculante en la que obliga a la Entidad Local Menor de Santa Marta de Tera a entregar una copia del acuerdo de colaboración suscrito el 29 de marzo de 2007 con el Obispado de Astorga y la Fundación de Patrimonio Histórico de Castilla y León, relativo al cementerio eclesiástico del municipio.

La reclamación fue presentada tras una solicitud de acceso a dicho documento realizada el 23 de febrero de 2024, cuando el solicitante aún actuaba a título personal. La Entidad Local Menor respondió entonces que debía dirigirse directamente a las otras instituciones firmantes del acuerdo, una contestación que motivó la presentación de una queja ante el Procurador del Común.

El Procurador del Común admitió la queja y la trasladó a la Comisión de Transparencia el 31 de mayo de 2024, al considerarla una reclamación en materia de derecho de acceso a la información pública. Posteriormente, el 16 de agosto de 2024, la Comisión admitió formalmente el expediente, recordando que sus resoluciones son ejecutivas y obligatorias para la Administración.

En la resolución, notificada el 4 de febrero de 2026, la Comisión señala en los antecedentes que lamenta tener que resolver sin conocer el criterio de la Junta Vecinal de Santa Marta de Tera, y califica esta ausencia de respuesta como un incumplimiento del deber de colaboración con el órgano de transparencia.

En sus fundamentos jurídicos, la Comisión considera que la solicitud cumple con los requisitos legales del derecho de acceso a la información pública, y concluye que nada justifica la negativa a entregar una copia del acuerdo, más aún cuando se trata de un documento que debería haber sido objeto de publicación.

Por todo ello, en el segundo punto de la resolución se ordena expresamente que la Junta Vecinal facilite al reclamante una copia íntegra del acuerdo de colaboración de 2007, una decisión adoptada por unanimidad de los miembros de la Comisión.

Desde la Asociación Las Eras de Santa Marta de Tera han informado de que el mismo 4 de febrero de 2026 se remitió un nuevo escrito a la Entidad Local Menor solicitando el cumplimiento inmediato de la resolución.

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