El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zamora y ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el gerente de un local en Puebla de Sanabria, por un delito contra recursos naturales del medio ambiente (ruidos), que había sido denunciado por el propietario de un alojamiento rural por unas presuntas prácticas a lo largo del tiempo llegaron a provocar el cierre de este último.
Así, el TSJCyL confirma la pena de prisión de tres años y medio para el gerente del local, así como una multa de 18 meses a razón de diez euros/día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la hostelería y restauración por tiempo de dos años y seis meses.
La denuncia venía motivada por unos hechos ocurridos entre los años 2017 y 2021 y el propietario del alojamiento rural, en su declaración durante el juicio, detalló que es algo que “venimos padeciendo, no solo yo, también los vecinos” durante años los fines de semana y en verano todos los días, señalando que el propietario del local cierra a las 5, 6 o 7 de la madrugada, pone sirenas de ambulancia a horas intempestivas y han intentado razonar con él sin éxito, así como que los vecinos no denuncian individualmente porque son mayores y tienen miedo.
El denunciante relató, además, que el propietario del bar “pone altavoces en la terraza”, así como que no recoge la misma y los clientes se quedan fuera en las sillas de madrugada, le orinan las puertas, le han roto los cristales… incidiendo en que él “no quería llegar a este punto” y en que la última vez que habló con el propietario del bar le dijo que hace “lo que le sale de los cojones”, concluyendo que debido a esta situación está yendo a un psicólogo y tuvo que cerrar la casa rural ante las quejas de los clientes que concluían en la devolución de los ingresos de las reservas.
Por su parte, el propietario del establecimiento admitió que la Guardia Civil se había personado en el local en varias ocasiones pero no se habían producido denuncias, así como que se han realizado mediciones de ruidos y eran todas correctas salvo en una ocasión que se pasaba un poco y se solventó y que los requerimientos que recibió del Ayuntamiento fueron subsanados.
Durante su declaración, el ahora condenado resaltó además que ejercía la actividad con las ventanas y la puerta cerradas, así como que se sentía “acosado” por el propietario de la casa rural, así como que hizo una limitación de ruido, si bien ha señalado que “los problemas fuera de mi local ya no son míos” y que nunca ha recibido quejas por parte de los huéspedes de la casa rural, concluyendo que “yo sí puedo llegar a un acuerdo con este señor, él no quiere conmigo” y “yo quiero trabajar, no molestar a nadie”.
Cabe señalar que el abogado de la acusación solicitaba para el propietario del local una pena de 4 años de prisión por un delito contra recursos naturales del medio ambiente (ruidos) con una multa de 24 meses con una cuota diaria de 10 euros, y de responsabilidad civil solicita 61.000 euros por el perjuicio del cierre del alojamiento rural desde 2020 y 13.712 euros por daños morales.
Cabe resaltar que esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de diez días, por escrito, a presentar ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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