La Junta y el Colegio de Farmacéuticos estudian una solución para el cierre de guardias nocturnas en Tera y Vidriales

La noticia adelantada en exclusiva por Benavente Digital el pasado sábado ha hecho saltar las alarmas convoccándose un encuentro el próximo 3 de enero

Centro de Salud Vidriales
Centro de Salud Vidriales

Para este primero de enero estaba previsto que las farmacias de las Zonas Básicas de Salud «Tera» y «Vidriales» cerrasen sus puertas a los servicios nocturnos de urgencias en la franja horaria desde las 10 de la noche a las 10 de la mañana, según adelantó en exclusiva Benavente Digital el pasado sábado. 

No obstante, las reacciones de los alcaldes de los municipios afectados, 44 localidades en total, no se han hecho esperar y ya se ha convocada una reunión para el 3 de enero entre la delegada territorial de la Junta y el presidente del colegio de Farmacéuticos de Zamora, con el fin de analizar la drástica iniciativa adoptada por el órgano colegial a petición de algunas farmacias rurales con el argumentario de que abrir en esas horas «no les compensa económicamente», como ha podido conocer este medio.

La disposición de la Junta de Castilla y León en la materia es bien clara, aunque la decisión se adopta en el Colegio de Farmacéuticos, la normativa de la atención farmacéutica en toda la Comunidad viene regulada por la Orden de 2 de marzo de 1998 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, con las adaptaciones a la realidad demográfica en la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica y, posteriormente, la Orden SAN/744/2015, de 7 de septiembre. Según la vigente normativa todas las oficinas de farmacia están obligadas a participar en los Servicios de urgencia con el fin de garantizar la atención farmacéutica continuada a la población.

Para los pequeños municipios el artículo 6.B refiere que los servicios de urgencia se organizarán para cada una de las Zonas Básicas de Salud, de forma que haya al menos:
1.– Una oficina de farmacia en Servicio de urgencia diurno y una oficina de farmacia en Servicio de Urgencia Nocturno en cada Zona Básica de Salud. 2.– Cuando en una de estas Zonas, haya un municipio con población superior a 5.000 habitantes y Centro Sanitario público que disponga de servicio de urgencias, si en el municipio hay más de una oficina de farmacia, el servicio de urgencias se cubrirá por turno rotatorio entre las oficinas de farmacia de ese municipio.

No es el caso de las Zonas Básicas de Salud de los Valles en las que todos los municipios son inferiores a 1.000 habitantes.

Excepcionalmente en aquellas Zonas o municipios que por sus características propias así lo aconsejen, previa resolución motivada del Director General competente en materia de Ordenación Farmacéutica, podrán incluirse en la organización de los turnos del servicio de urgencia, oficinas de farmacia de otra
Zona Básica de Salud, cuya distancia al Centro Sanitario público que disponga de servicio de urgencias no sea superior a 20 minutos, para el servicio de urgencia diurno y 30 minutos para el servicio de urgencia nocturno, utilizando medios de transporte habituales.

En ese último caso estarían las farmacias del Tera y de Vidriales, cuyos usuarios tendrían que desplazarse a Mombuey o a Benavente si en la reunión del 3 de enero no se soluciona el problema que afectaría a los vecinos de estos Valles. Un encuentro en el que estarán presentes la delegada territorial, Leticia García, el diputado provincial de zona Emilio Fernández y el presidente del órgano colegial.

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