El Ayuntamiento de Figueruela de Arriba ha dado a conocer las bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaria-Intervención de clase tercera de esta Agrupación de Municipios Figueruela de Arriba-Mahíde, que han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 92.bis apartado 7, de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en el decreto 32/2005 de 28 de abril de la Junta de Castilla y León, por el que se regulan los procedimientos de selección de funcionarios interinos y se crea la bolsa de trabajo para la provisión temporal de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, esta Alcaldía-Presidencia mediante Decreto de fecha 18 de enero 2023, acordó aprobar las bases que a continuación se reproducen:

Bases de la convocatoria

Primera.- Características del puesto: Se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de Secretaria-Intervención, clase 3ª, Grupo A, nivel de complemento de destino 26, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de esta Agrupación Figueruela de Arriba- Mahíde (Zamora).

Segunda.- Lugar y plazo de presentación: Los aspirantes a desempeñar dicha plaza deberán dirigir sus solicitudes (conforme al modelo del Anexo I) al Presidente de esta Corporación, presentándolas en el Registro de este Ayuntamiento ó en cualquier otro de los previstos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia”. Se presentará igualmente toda la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen.

El plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcionarios con habilitación de carácter nacional interesados en dicho puesto, manifiesten por escrito al presidente de la Corporación su interés en el desempeño del mismo. Por lo que, si hubiera un funcionario habilitado con carácter nacional interesado, el procedimiento se suspenderá hasta el efectivo nombramiento de éste, momento en que se dejará sin efecto. No obstante, si finalmente no recayera nombramiento en el funcionario habilitado con carácter nacional interesado, continuará el procedimiento de selección de nombramiento interino.

Tercera.- Requisitos para participar en la selección: Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 16 años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación exigida en el art. 18 del Real Decreto128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Cuarta.- Baremo de méritos: El procedimiento de selección será el concurso de méritos en el que se valorará:

1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convocadas para el acceso:

1.2.- a la misma subescala y categoría: 1,50 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 puntos.

1.3.- a distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos.

2.1.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración: En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

2.2.- En puestos reservados a distinta subescala y categoría:0,03 puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.

2.3.- En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional, clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,50 puntos.

2.4.- En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional, clasificados en los grupos C y D, ó grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

2.5.- En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes a la local clasificados en los grupos A y B, ó grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad administrativa:0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,50 puntos.

2.6.- En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes a la local, clasificados en los grupos C y D ó grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

3.1.- Por la realización de cursos de formación impartidos por centros oficiales sobre las siguientes materias: Urbanismo, informática, gestión económico financiera, tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionada con la administración local, hasta un máximo de 3 puntos, conforme a la siguiente valoración:

• Por cursos entre 26 a 50 horas, 0,10 puntos.

• Por cursos entre 51 a 100 horas, 0,20 puntos.

• Por cursos de más de 100 horas, 0,30 puntos.

3.2.- Otros méritos directamente relacionados con las características y funciones del puesto de trabajo convocado o por haber desempeñado puesto de trabajo en ayuntamientos que ostenten cargos de responsabilidad administrativa y financiera ( R.A.F.) en la gestión, desarrollo y aplicación de programas de desarrollo local con cargo a programas cofinanciados por la Unión Europea, 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 3 puntos. Manejo y experiencia de la plataforma Gestiona, 0,04 puntos por mes completo hasta 1 punto. Manejo y Experiencia en programa de Recaudación Municipal Interpública Arbitrios y Tasas Municipales 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 2 puntos. Manejo y experiencia en programa de Contabilidad Municipal SICAL, 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 2 punto.

3.3.- Dadas las características del puesto se valorará ser Licenciado en Derecho, en Administración y Dirección de Empresas, en Economía, en Ciencias actuariales y Financieras o en Titulo de grado correspondiente en dichas titulaciones ó en condiciones de obtenerlo en las fechas en que termine el plazo de presentación de solicitudes, todo ello de conformidad el R.D. 83/2003 de 27 de junio.

1 punto por cada una de las titulaciones, hasta un máximo de 3 puntos.

3.4.- Si se estima necesario, la Comisión de Selección podrá convocar a los aspirantes a la celebración de pruebas para determinar con mayor precisión la aptitud de los mismos y/ o a entrevista para ponderar las circunstancias académicas y profesionales del aspirante, valorándose hasta 3 puntos. La convocatoria, en su caso, de prueba y o entrevistas se comunicaría a los interesados con una antelación de cuatro días hábiles. La no presentación a la realización, en su caso, de prueba o entrevista conlleva la exclusión del concurso de selección.

3.5.- Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulos originales emitidos por los órganos competentes o fotocopias compulsadas.

Quinta.- Órganos de selección: La Comisión de Selección estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: Un funcionario perteneciente al subgrupo A/1.

- Vocal: Un funcionario designado por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, subgrupo A/1.

- Vocal-Secretario: Un funcionario con habilitación nacional de la misma o superior categoría de la correspondiente al puesto a cubrir, que asumirá las funciones de Secretario de la Comisión e Selección.

Los presidentes de las Corporaciones Locales interesadas en el procedimiento de selección podrán asistir a las sesiones de la comisión de selección con voz, pero sin voto.

Sexta.- El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente documentación:

1.- Fotocopia del documento nacional de identidad.

2.- Fotocopia de los documentos acreditativos de la titulación exigida como requisito para el acceso.

3.- Declaración de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes.

4.- Declaración de no estar incurso en causa de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Publicas. y de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones. Conforme lo establecido en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Séptima.- Nombramiento: La Comisión de Selección propondrá a la Corporación el candidato seleccionado y, en su caso, de hasta tres suplentes ordenados por orden de puntuación y, de acuerdo con dicha propuesta, el presidente remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente a la Dirección General competente, que resolverá definitivamente. El nombramiento se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

Octava.- Toma de posesión: El candidato nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de tres días hábiles, desde el siguiente a la recepción de la resolución por la que se efectúe el nombramiento.

Novena.- La corporación convocante podrá proponer motivadamente que la Dirección General competente declare desierto el proceso de selección.

Décima.- Cese: El funcionario interino cesará en el desempeño del cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 32/2005, de 28 de abril de 2005.

 

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